Integrar a las víctimas en la aplicación de la ley penal: El modelo público-privado español para la recuperación de criptoactivos
Resumen ejecutivo
El ciberfraude transfronterizo y los delitos relacionados con los criptoactivos siguen poniendo a prueba los límites de los modelos tradicionales de aplicación de la ley. La rapidez, la complejidad técnica y la fragmentación jurisdiccional permiten a menudo que las ganancias ilícitas desaparezcan mucho antes de que los tribunales puedan reaccionar.
Con este telón de fondo, España ofrece un ejemplo particularmente distintivo de cómo las autoridades públicas y los profesionales privados pueden trabajar juntos de forma eficaz en la recuperación de activos, un enfoque que ha demostrado ser especialmente útil en casos relacionados con el criptofraude.
Lo que distingue al sistema español no es simplemente la disponibilidad de poderes de investigación o de herramientas forenses, sino el papel estructural asignado a las víctimas dentro de los procedimientos penales. Por diseño, las víctimas no son observadores pasivos de la aplicación de la ley, sino participantes activos en ella. Esta característica institucional ha permitido una forma de cooperación público-privada que, en la práctica, ha dado resultados tangibles en el rastreo, la congelación y, en última instancia, la recuperación de activos digitales.
Las víctimas como acusadores privados: Una diferencia estructural
A diferencia de las jurisdicciones de derecho anglosajón, en las que las acusaciones particulares existen pero siguen siendo excepcionales, discrecionales y estrechamente circunscritas, el procedimiento penal español permite a las víctimas, por principio, participar en los procesos penales como acusadores particulares junto con el fiscal.
No se trata de un papel accesorio o simbólico. Las víctimas y sus abogados están legitimados para:
- proponer medidas de investigación
- presentar pruebas periciales
- participar en audiencias, y perseguir tanto la responsabilidad penal como la civil dentro del mismo procedimiento.
Como resultado, los abogados de las víctimas mantienen una presencia continua y legítima durante toda la fase de investigación. Esto crea un marco natural para la cooperación con las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley - en particular las unidades especializadas en ciberdelincuencia y delincuencia financiera - desde las primeras fases de un caso.
En los asuntos relacionados con las criptomonedas, en los que el tiempo es a menudo el factor decisivo, esta participación integrada ha demostrado ser fundamental.
Contexto comparativo: Por qué luchan otros sistemas de derecho civil
Comparativamente, las jurisdicciones de derecho civil con marcos análogos de participación de las víctimas -como Francia y Alemania- han tenido dificultades para aprovechar esta ventaja estructural en los casos de cripto y recuperación de activos, en gran parte debido a los cuellos de botella institucionales.
En Francia, la discrecionalidad del fiscal a la hora de dar prioridad a las medidas de investigación para la recuperación de activos entra a menudo en conflicto con las estrategias centradas en la condena, y la coordinación entre la policía judicial (PJ) y las unidades de delitos financieros sigue estando fragmentada.
La participación de las víctimas alemanas, aunque constitucionalmente protegida, se operativiza a menudo a través de oficinas de defensa de las víctimas desconectadas de la propia investigación, lo que limita la aportación técnica que los abogados especialistas pueden proporcionar en tiempo real.
La experiencia de Suiza, instructivamente, revela cómo los estatutos restrictivos de definición de la víctima y las doctrinas de enjuiciamiento obligatorio pueden inhibir paradójicamente la cooperación efectiva. La legislación suiza, al tiempo que exige a los fiscales que actúen a partir de las denuncias, limita simultáneamente la legitimación a estrechas categorías de "víctimas directas", excluyendo a las asociaciones de inversores defraudados o a los colectivos de víctimas, una limitación que se ha revelado especialmente aguda en escenarios de fraude masivo. Además, la prohibición suiza de la acusación particular en delitos graves elimina la estructura de incentivos que motiva a los equipos jurídicos especializados a invertir en investigaciones complejas y forenses intensivas.
Por el contrario, el marco español permite explícitamente la participación masiva a través de la acusación particular, al tiempo que permite a los fiscales mantener el control estratégico. Este enfoque de doble vía ha demostrado ser más adaptable a las exigencias del fraude criptográfico distribuido y transfronterizo.
Estudios de casos: La cooperación público-privada en acción
(2020-2024)
1. El esquema piramidal Arbistar (Tenerife)
Una de las ilustraciones más claras de este modelo es el caso Arbistar, un esquema de inversión en criptodivisas a gran escala investigado entre 2020 y 2024. Miles de inversores afectados se agruparon a través de la acusación particular, mientras su equipo jurídico colaboraba estrechamente con la Unidad Central de Ciberdelincuencia de la Policía Nacional y la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA) de España.
Los abogados privados aportaron informes periciales analizando los flujos de blockchain y colaboraron en la custodia judicial de los monederos incautados. Cabe destacar que los informes patrimoniales elaborados por los acusadores privados se incorporaron a las medidas de investigación del tribunal y fueron utilizados por la ORGA para localizar, congelar y gestionar los activos digitales.
El resultado fue la recuperación de más de 2,5 millones de euros en criptoactivos a través de bolsas europeas, junto con una base probatoria reforzada para las acusaciones de criptofraude a gran escala. Este resultado habría sido difícil de lograr mediante una aplicación puramente pública actuando de forma aislada.
2. Fraudes en las bolsas y "tirones de alfombra
Entre 2021 y 2023, los tribunales españoles -en particular la Audiencia Nacional- se ocuparán de múltiples casos relacionados con bolsas no registradas y fraudes DeFi, incluidos los denominados "tirones de alfombra". En estos asuntos, varios bufetes especializados que representan a las víctimas colaboraron con la Sección de Blanqueo de Capitales y Ciberdelincuencia de la UDEF y con el SEPBLAC, la Unidad de Inteligencia Financiera de España.
Los equipos de la acusación particular proporcionaron rastros de transacciones en la cadena y auditaron los contratos inteligentes. Los analistas policiales, trabajando en coordinación con plataformas de análisis de cadenas de bloques como Chainalysis y TRM Labs, reconstruyeron el flujo de fondos a través de múltiples monederos y jurisdicciones.
Esta cooperación permitió la congelación judicial de monederos y cuentas situados en Malta y Estonia antes de que los activos pudieran transferirse fuera de la UE, un factor decisivo para preservar el valor recuperable para las víctimas.
3. Investigaciones sobre ransomware (Barcelona)
Otro ejemplo procede de las investigaciones sobre ransomware coordinadas por la Fiscalía Provincial de Barcelona en 2022. Un bufete de abogados especializado en ciberseguridad que representaba a varias empresas víctimas trabajó junto con el Centro Nacional de Protección de Infraestructuras y Ciberseguridad (CNPIC) y la Brigada Central de Delitos Tecnológicos.
Los abogados particulares aportaron registros de servidores y pruebas que rastreaban los pagos de criptomonedas desde las carteras de rescate a través de servicios de mezcla. Actuando sobre la base de esta información, las autoridades obtuvieron órdenes judiciales rápidas a los intercambios europeos, lo que condujo a la congelación de un monedero Bitcoin valorado en aproximadamente 400.000 euros antes de que pudiera completarse el blanqueo.
Una vez más, la rapidez y el alineamiento técnico entre los actores públicos y privados resultaron decisivos.
4. Operaciones conjuntas: ORGA y querellantes particulares en casos de corrupción (2019-2024)
En varios procedimientos de corrupción y blanqueo de capitales relacionados con pagos ilícitos de criptomonedas -incluidos los procedimientos derivados del caso Tándem y los denominados "ERE digitales"-, las acusaciones particulares y las víctimas identificadas colaboraron con la ORGA y la UDEF para aportar pruebas de rastreo de blockchain e inteligencia patrimonial.
Esta cooperación permitió a los tribunales aplicar mecanismos de venta anticipada de activos incautados en virtud del artículo 367 octies de la Ley de Enjuiciamiento Criminal española, incluida la gestión y liquidación de criptoactivos bajo custodia judicial. Estos mecanismos, relativamente novedosos en el contexto de los activos digitales, permitieron que los criptoactivos incautados se convirtieran en fondos líquidos en una fase temprana, reduciendo el riesgo de volatilidad y facilitando una eventual indemnización.
Arquitectura operativa: Cómo la cooperación público-privada
funciona en la práctica
Lo que permite esta cooperación no es la buena voluntad informal, sino un diseño institucional estructurado. La coordinación se produce a través de canales múltiples y complementarios:
- Equipos conjuntos de investigación (ECI): En casos significativos de criptofraude, la UDEF y las unidades locales de ciberdelincuencia designan formalmente a especialistas de empresas privadas como consultores forenses o asesores expertos, que operan bajo supervisión judicial. Este acuerdo preserva los requisitos de la cadena de custodia al tiempo que permite la aportación técnica en tiempo real de abogados con profundos conocimientos de blockchain.
- Conferencias de gestión de casos: Las reuniones periódicas de coordinación -convocadas por el juez instructor, el fiscal y el abogado de la víctima- establecen plazos comunes, comparten información dentro de protocolos de confidencialidad y resuelven conflictos procesales antes de que se agraven. Estos foros permiten a los profesionales privados proponer medidas de investigación y señalar movimientos de activos sensibles al tiempo.
- Protocolos de confidencialidad e intercambio de información: El marco español distingue entre secreto de investigación (reservado a las autoridades públicas) y derecho de defensa (derechos de la defensa, incluido el derecho del abogado de la víctima a la revelación de pruebas). Los protocolos negociados caso por caso aclaran a qué información puede acceder el abogado particular, cuál debe permanecer sellada y cuál puede compartirse con los colectivos de víctimas. Este equilibrio es crítico: demasiado restrictivo, y la investigación privada se estanca; demasiado permisivo, y se alerta a las redes sospechosas.
- Órdenes aceleradas de congelación de activos: Los tribunales han adoptado innovaciones procesales que permiten a los fiscales o a los acusadores privados solicitar órdenes de congelación de emergencia ex parte basadas en pruebas preliminares de blockchain, con confirmación judicial en un plazo de 48 a 72 horas. Este plazo comprimido -comparado con las secuencias de investigación tradicionales de varios meses- ha reducido la ventana durante la cual se pueden mover o blanquear activos. En los casos Arbistar y del ransomware, estas órdenes aceleradas resultaron decisivas.
Impacto cuantificado: Pruebas de eficacia Los datos de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA) de España corroboran las ventajas funcionales de este modelo cooperativo. Entre 2016 y 2024
- Total de expedientes iniciados: 2.842 (acumulado hasta 2024)
- Activos localizados acumulados: 7.763 elementos
- Casos criptoespecíficos con participación de la acusación particular: 34% de los casos de ORGA para 2020-2024
- Tasa de recuperación de activos (casos de acusación particular frente a casos en los que sólo participa el fiscal): Los casos con participación estructurada de la acusación privada alcanzaron tasas de recuperación de activos aproximadamente un 23% superiores a las de tipologías de fraude comparables gestionadas únicamente por la fiscalía
- Reducción media de los plazos: Los asuntos criptoespecíficos con participación de la abogacía privada alcanzaron una media de ciclos de recuperación 14 meses más cortos (desde la detección hasta la congelación judicial) en comparación con los casos sin participación de la abogacía privada
- Fondos destinados a la restitución de las víctimas: En 2021-2023, aproximadamente 3,2 millones de euros de los ingresos gestionados por ORGA se destinaron directamente a la indemnización de las víctimas, con sumas adicionales dirigidas a programas de apoyo a las víctimas
Estas métricas sugieren que la participación privada no es meramente simbólica, sino que acelera materialmente tanto la localización de activos como la indemnización de las víctimas.
El papel de la ORGA: de la confiscación a la restitución
A nivel institucional, la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA) desempeña un papel central en el ecosistema español de recuperación de activos. Creada por el Real Decreto 948/2015 y dependiente del Ministerio de Justicia, la ORGA actúa como instrumento técnico y financiero de apoyo a tribunales y fiscales en la localización, gestión y realización de activos.
ORGA cumple una doble función
- Rastreo de bienes: localización de bienes a petición de jueces o fiscales, en el país y en el extranjero, incluidos los bienes ocultos o en poder de terceros. Esta función cuenta con el apoyo de agentes integrados de la Policía Nacional y de la Guardia Civil que actúan como policía judicial.
- Gestión y administración de bienes: preservar los bienes incautados y decomisados, autorizar ventas anticipadas cuando proceda y optimizar el rendimiento económico del decomiso.
De manera crucial, la legislación española asigna a la ORGA un papel instrumental en la protección de los derechos patrimoniales de las víctimas. En virtud del artículo 2 del Real Decreto 948/2015, los ingresos obtenidos mediante la gestión de activos se aplican con prioridad a indemnizar a las víctimas y a satisfacer las responsabilidades civiles derivadas del delito. Los fondos excedentes se destinan a programas de asistencia a las víctimas y a la dotación de oficinas de apoyo a las víctimas.
En la práctica, los tribunales -a través del Letrado de la Administración de Justicia- canalizan las órdenes de asignación de los fondos gestionados por la ORGA directamente a favor de las víctimas. Este marco refleja una elección política deliberada: la confiscación no debe ser puramente punitiva, sino reparadora.
El papel de los colectivos de víctimas y las ONG
Más allá de la acusación particular individual, el modelo español también se beneficia de la movilización de los colectivos de víctimas y de las organizaciones de la sociedad civil. En escenarios de fraude masivo -especialmente en esquemas de inversión y estafas con criptomonedas- las víctimas se han organizado a través de asociaciones (asociaciones de afectados), que a su vez coordinan la representación legal y contratan a bufetes de abogados en términos colectivos.
Esta organización ofrece distintas ventajas
- Capacidad de investigación agregada: Una única asociación puede reunir recursos para financiar investigaciones forenses que las víctimas individuales no podrían permitirse, intensificando la presión sobre las autoridades públicas para obtener resultados.
- Memoria institucional e influencia: Las asociaciones de víctimas mantienen la continuidad a través de las fases judiciales y pueden coordinarse con múltiples fiscales y tribunales simultáneamente, amplificando su influencia en la priorización de las investigaciones.
- Acceso a las redes de ONG: Las ONG internacionales centradas en las víctimas de fraudes o delitos financieros han facilitado la cooperación transfronteriza en la localización de activos, especialmente en casos relacionados con paraísos fiscales o bolsas de criptomonedas en terceras jurisdicciones.
- Complementariedad con los bufetes de abogados: Mientras que los bufetes de abogados especializados aportan sus conocimientos técnico-jurídicos, los colectivos de víctimas ejercen la presión política y social necesaria para mantener el impulso de las investigaciones cuando las autoridades públicas restan prioridad a los casos.
El caso Arbistar ejemplificó esta sinergia: una asociación de víctimas agrupó a miles de inversores defraudados, contrató a un bufete de abogados especializado y se coordinó con la ORGA y la Unidad de Ciberdelincuencia, un acuerdo tripartito que habría sido difícil de lograr sólo con la acusación particular.
Retos y lecciones aprendidas
A pesar de estos puntos fuertes, la experiencia de España también pone de relieve las tensiones persistentes. Una vez que los activos se confiscan formalmente y pasan a ser propiedad del Estado, las víctimas pueden correr el riesgo de perder visibilidad o influencia sobre las decisiones de ejecución. Mantener la transparencia, la comunicación y la alineación procesal entre los tribunales, la ORGA y los acusadores privados sigue siendo esencial y requiere muchos recursos.
- El problema de la convergencia. Cuando los profesionales privados dan prioridad a la rápida liquidación de los activos y a la indemnización de las víctimas, mientras que los fiscales dan prioridad a la condena y a la sentencia, pueden surgir conflictos procesales. Los tribunales deben mediar entre estos intereses contrapuestos, lo que a veces provoca retrasos.
- Cuellos de botella en la coordinación internacional. Cuando los activos escapan a terceras jurisdicciones fuera de la UE, la cooperación depende de los tratados de asistencia jurídica mutua (MLAT) y de la coordinación de Europol, procesos que son más lentos y menos fiables que la cooperación intracomunitaria. Los profesionales privados tienen una influencia limitada en estos contextos.
- Volatilidad de las criptomonedas y riesgos de custodia. Mantener los criptoactivos incautados bajo custodia judicial expone a las víctimas al riesgo de mercado. Los mecanismos de venta anticipada de ORGA lo mitigan, pero requieren la aprobación judicial, lo que añade pasos procesales.
La lección más amplia no es que la aplicación pública deba ser sustituida por la iniciativa privada, sino que la recuperación efectiva de activos depende de la alineación estructural: abogados privados que actúen como facilitadores técnico-jurídicos, coordinación sin fisuras entre las unidades especializadas (UDEF, unidades de ciberdelincuencia, SEPBLAC, ORGA), agilidad judicial para ordenar congelaciones y ventas anticipadas, y un enfoque de la confiscación y la restitución genuinamente centrado en la víctima. Cuando los incentivos divergen -los fiscales dan prioridad a las condenas, las víctimas a las indemnizaciones- la cooperación flaquea. Cuando se alinean, la recuperación es más rápida y significativa.
Futuros vientos en contra: Limitaciones emergentes
Sin embargo, a medida que los criptodelincuentes evolucionan y los activos se fragmentan en plataformas financieras descentralizadas (DeFi), bolsas de mercados emergentes y monederos no custodiados, incluso el modelo español se enfrenta a vientos en contra. Las órdenes judiciales a las bolsas tradicionales son cada vez más ineficaces cuando los activos se han trasladado a protocolos descentralizados fuera del alcance de ejecución de cualquier jurisdicción. Tanto los profesionales privados como las fuerzas de seguridad están experimentando con técnicas de análisis de cadenas de bloques y consorcios internacionales de recuperación de activos para hacer frente a este reto, pero los marcos jurídicos aún no se han puesto al día.
Simultáneamente, el auge de las monedas de privacidad y de los servicios de mezcla ha complicado el análisis forense en cadena en el que confían los abogados privados y los analistas policiales. La inversión en capacidad técnica -tanto dentro de la ORGA como entre las empresas privadas- será necesaria para mantener los logros de recuperación que ha conseguido España.
Conclusión: La integración de las víctimas como imperativo estructural
La experiencia de España demuestra que incrustar a las víctimas estructuralmente dentro de la aplicación de la ley penal puede transformar la eficacia de la recuperación de activos, especialmente en el cambiante mundo de los criptoactivos. La combinación de la acusación particular, las unidades policiales especializadas, los colectivos de víctimas y una oficina de recuperación de activos centrada en la restitución ofrece un modelo que merece la pena examinar más allá de las fronteras españolas.
Desde un punto de vista crítico, no se trata de un modelo que surja únicamente de la cooperación informal o de la buena voluntad. Refleja un diseño institucional deliberado: derechos de participación de las víctimas consagrados en el derecho procesal, el mandato de la ORGA de dar prioridad a la restitución y protocolos operativos que alinean los incentivos públicos y privados.
En última instancia, el mensaje es directo: la recuperación pública sin seguimiento privado es sólo una victoria a medias. Una justicia eficaz en los casos de criptofraude requiere no sólo investigación y confiscación, sino mecanismos que traduzcan la aplicación de la ley en una restitución real para los perjudicados. El marco español, aunque imperfecto y enfrentado a retos emergentes, demuestra que tal traducción es posible - y que los beneficios se extienden más allá de las víctimas individuales a la legitimidad más amplia del propio sistema de justicia penal.
Sobre el autor
Héctor Sbert es abogado especializado en litigios y recuperación de activos en litigios civiles y mercantiles, procedimientos de insolvencia y recuperación de activos conforme a la legislación española. Puede ponerse en contacto con él en hsbert@ecija.com