De la idea al mercado: qué debe saber para empezar

Artículos1 de diciembre de 2025
Nuestra socia Cristina Villasante, especialista en TMT/IT, alerta sobre el riesgo de relegar cuestiones legales esenciales en las primeras etapas, una de las causas más frecuentes de conflictos entre fundadores e inversores.

Crear una start-up va mucho más allá de tener una idea innovadora. Aunque el entusiasmo inicial puede empujar a lanzar rápidamente un proyecto, los primeros pasos suelen estar marcados por un riesgo recurrente: relegar cuestiones legales esenciales para más adelante. Esta práctica, habitual entre emprendedores que confían plenamente en sus socios o que priorizan la agilidad, genera en la práctica muchos de los conflictos que frenan o incluso paralizan el crecimiento de las compañías emergentes.

Cristina Villasante, socia de TMT/IT de ECIJA, identifica este patrón como uno de los grandes puntos ciegos del ecosistema emprendedor:

“Las start-up suelen surgir de una idea entre varias personas que confían entre sí,
y esa confianza lleva a dejar para más adelante las cuestiones legales.”

Según Villasante, este enfoque puede tener consecuencias significativas. La estructura jurídica que se define en los primeros meses determina la gobernanza futura, la protección de los activos intangibles y la capacidad real de la compañía para atraer inversión o cerrar acuerdos comerciales.

Proteger los intangibles: el primer paso crítico

Villasante explica que uno de los errores más frecuentes es no identificar, desde el inicio, cuáles son los activos intangibles clave del proyecto —software, marca, base tecnológica, know-how, modelos de negocio— ni establecer las vías adecuadas para protegerlos.

Una estrategia correcta combina:

  • Contratos bien diseñados (confidencialidad, cesión de derechos, propiedad intelectual)
  • Registro de marcas y patentes cuando sea aplicable
  • Depósitos notariales o inscripción en el Registro de Propiedad Intelectual para software y documentación técnica.

“Una protección temprana evita litigios y aumenta el valor de la empresa ante los inversores”, subraya la socia de ECIJA.

Ordenar la relación entre fundadores

Otro aspecto determinante es el pacto de socios. Para Villasante, posponer su firma es uno de los fallos estructurales más comunes:

"El pacto de socios debe asegurar un buen gobierno corporativo y definir cómo se tomarán las decisiones estratégicas.”

Entre las cláusulas que no pueden faltar destacan:

  • Composición y funcionamiento del órgano de administración
  • Materias reservadas y derechos de veto
  • Exclusividad y no competencia
  • Mecanismos de vesting para evitar que un fundador que abandone el proyecto retenga un porcentaje significativo.

La estructura jurídica adecuada

La elección de la forma social también influye en la capacidad del proyecto para crecer. Villasante destaca que, en la mayoría de iniciativas tecnológicas, la correcta configuración societaria y contractual desde el inicio evita problemas futuros y ofrece un marco seguro tanto para los fundadores como para potenciales inversores.

Una persona observa desde una escalera en un espacio arquitectónico moderno y minimalista.

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