Aplazamiento de SIF/VERI*FACTU
Días atrás, ECIJA difundía la noticia de la próxima entrada en vigor del sistema VeriFactu, en línea con los plazos que entonces parecían consolidados. Sin embargo, el Consejo de Ministros del 2 de diciembre ha aprobado el aplazamiento de su implantación obligatoria, atendiendo a la falta de adaptación de una parte significativa del tejido empresarial. El Real Decreto-ley que formaliza esta decisión deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado en los próximos días, momento en el que se confirmarán oficialmente las nuevas fechas de exigibilidad.
El aplazamiento implica que, aunque la normativa de base sigue plenamente vigente y los requisitos técnicos del RRSIF están definidos, su aplicación obligatoria se pospone para permitir un margen adicional de adaptación tanto a empresas como a autónomos.
No obstante, esta prórroga no debe interpretarse como una suspensión general del sistema: los nuevos obligados tributarios que inicien actividad o sustituyan su software tras el 29 de julio de 2025 deberán hacerlo necesariamente con un SIF conforme. adquieran un software de facturación por primera vez a partir del 29 de julio de 2025 deberán hacerlo necesariamente con un SIF plenamente conforme.
Este punto es especialmente relevante porque los fabricantes no pueden comercializar software no adaptado a partir de esa fecha, lo que implica que los nuevos usuarios no deberían, en ningún caso, adquirir programas que no cumplan con la integridad, trazabilidad, firma, encadenamiento de registros y resto de requisitos del RRSIF. La venta o implantación de software no conforme constituiría un incumplimiento directo imputable al fabricante, y podría situar al usuario en una posición de riesgo jurídico desde el inicio de su actividad. Por ello, aunque el calendario de obligatoriedad para usuarios se ha ampliado, el mercado debería operar exclusivamente con soluciones ya adaptadas, garantizando así que cualquier nuevo contribuyente utilice desde el primer momento un sistema plenamente válido y seguro.
Este giro muestra la relevancia de contar con asesoramiento técnico-jurídico especializado: la normativa sigue activa, pero el calendario ha variado, lo que requiere replantear los planes de implantación para evitar riesgos y aprovechar la oportunidad de hacerlo de forma ordenada.
Qué puede hacer su empresa ahora
Desde ECIJA recomendamos:
- Evaluar de inmediato el estado actual de su sistema de facturación: identificar si su software cumple los requisitos del Reglamento.
- Si aún no lo ha hecho, planificar con tiempo la adaptación técnica, como la firma electrónica, generación de registros, trazabilidad, código QR, exportación de datos, etc..
- Aprovechar el aplazamiento para formar al personal, revisar contratos con proveedores de software o evaluar nuevos proveedores, y asegurar una transición ordenada.
- Mantenerse atento a los desarrollos normativos y preparar la documentación requerida (auditorías, certificados de cumplimiento, adaptaciones técnicas, etc.).
El aplazamiento del sistema VeriFactu representa un respiro práctico para muchas empresas y autónomos, pero no anula la obligación. El nuevo calendario permite una transición más razonable. Desde ECIJA seguiremos ofreciendo acompañamiento jurídico-técnico durante todo este proceso, tanto para fabricantes de software como para usuarios, para asegurar el cumplimiento normativo con seguridad jurídica y eficacia operativa.
Nota informativa elaborada por el área de Protección de Datos de ECIJA Madrid.