Responsabilidad del representante persona física del administrador persona jurídica de sociedades de capital
El pasado 11 de junio, Fide celebró una sesión dedicada a la responsabilidad de la persona física que actúa como representante de un administrador persona jurídica, centrada especialmente en la reciente Sentencia del Tribunal Supremo 114/2026. Durante el encuentro, se analizó cómo esta resolución refuerza la responsabilidad de los representantes personas físicas en el ámbito concursal, al considerar que deben responder solidariamente junto con la sociedad administradora por las conductas que hayan llevado a la calificación culpable de un concurso.
La sentencia apuesta por una interpretación integradora entre el régimen societario y concursal, aportando mayor seguridad jurídica y limitando las ventajas que tradicionalmente ofrecía la figura del administrador persona jurídica. No obstante, también deja abiertas cuestiones relevantes sobre la distribución interna de responsabilidades y los mecanismos de repetición entre ambas partes.
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