Responsabilidad del representante persona física del administrador persona jurídica de sociedades de capital

Noticias2 de julio de 2026
Resumen elaborado para Fide por Laura Aparicio Navas, senior associate en Ecija, sobre la base de la exposición de los participantes en la mesa redonda.

El pasado 11 de junio, Fide celebró una sesión dedicada a la responsabilidad de la persona física que actúa como representante de un administrador persona jurídica, centrada especialmente en la reciente Sentencia del Tribunal Supremo 114/2026. Durante el encuentro, se analizó cómo esta resolución refuerza la responsabilidad de los representantes personas físicas en el ámbito concursal, al considerar que deben responder solidariamente junto con la sociedad administradora por las conductas que hayan llevado a la calificación culpable de un concurso. 


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La sentencia apuesta por una interpretación integradora entre el régimen societario y concursal, aportando mayor seguridad jurídica y limitando las ventajas que tradicionalmente ofrecía la figura del administrador persona jurídica. No obstante, también deja abiertas cuestiones relevantes sobre la distribución interna de responsabilidades y los mecanismos de repetición entre ambas partes.


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La imagen muestra una vista desde abajo de una estructura arquitectónica moderna con paredes curvas y un cielo azul de fondo.

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