Nuevo deber de identificación: aceptar el DNI móvil en trámites presenciales públicos y privados

Informes22 de enero de 2026
A partir del 2 de abril de 2026, todas las entidades del sector público y privado deberán aceptar obligatoriamente el DNI digital, lo que exige una adaptación inmediata de los procedimientos de identificación, los sistemas de verificación y la formación del personal.

El Real Decreto 255/2025, de 1 de abril, por el que se regula el Documento Nacional de Identidad, introduce formalmente la versión digital del DNI, gestionada por el Ministerio del Interior a través de la Dirección General de la Policía, y accesible mediante un dispositivo móvil.


Esta versión digital no es un mero complemento tecnológico, sino que se configura como un medio de identificación plenamente válido, con la misma eficacia jurídica que el DNI físico.


Este Real Decreto establece una obligación clara de adaptación para todas las entidades, tanto del sector público como del privado. A partir del 2 de abril de 2026, el DNI en soporte digital deberá ser aceptado obligatoriamente como medio válido de identificación presencial, en los mismos términos que el DNI físicoEsta versión digital goza de plena eficacia jurídica para acreditar la identidad ante autoridades, Administraciones Públicas y en las relaciones con el sector privado, por lo que su rechazo por razones de formato carecerá de cobertura legal.


Esta nueva realidad exige una adaptación operativa de los procedimientos internos de identificación, así como de los sistemas y protocolos utilizados para verificar la identidad. 


Asimismo, será necesario formar al personal que interactúe con usuarios y clientes para que reconozca la validez del DNI digital y sepa utilizar correctamente los mecanismos de verificación habilitados por el Ministerio del Interior. Todo ello deberá abordarse desde una perspectiva de cumplimiento normativo integral, revisando políticas de protección de datos, prevención del fraude y, en su caso, obligaciones KYC/AML en sectores regulados.


¿Qué es el DNI digital y por qué es importante?

El DNI digital es la versión oficial del Documento Nacional de Identidad que puede llevarse en el teléfono móvil, a través de una aplicación gestionada por la Policía Nacional. No es una simple foto del DNI: es un sistema seguro que permite mostrar los datos personales en tiempo real, directamente desde los servidores oficiales.


Este nuevo formato tiene exactamente la misma validez que el DNI físico para identificarse en persona, tanto ante Administraciones Públicas como en empresas privadas (por ejemplo, en un hotel, una tienda, un banco, una clínica o una oficina). Por eso, a partir del 2 de abril de 2026, todas las entidades estarán obligadas a aceptarlo cuando una persona se identifique presencialmente con su móvil.


¿Qué cambia para las empresas y entidades?

Hasta ahora, muchas organizaciones solo aceptaban el DNI físico. Con la nueva normativa, ya no podrán rechazar un DNI solo porque esté en formato digital.

Esto implica que las empresas y Administraciones deberán revisar cómo identifican a las personas: en recepciones, mostradores, controles de acceso, procesos de alta de clientes o firmas presenciales. También tendrán que formar a su personal para que sepa reconocer el DNI digital y comprobarlo correctamente.


El DNI digital puede verificarse de varias formas: 

  • a través de la propia aplicación instalada en el dispositivo móvil; 
  • mediante los verificadores oficiales disponibles en la web de miDNI (incluido el verificador QR y el ejecutable descargable facilitado por el Ministerio del Interior); o, incluso, 
  • mediante el desarrollo de soluciones propias de verificación que integren estas funcionalidades en los sistemas corporativos.

No adaptarse a esta nueva obligación puede generar importantes consecuencias: desde quejas de clientes y daños reputacionales, hasta riesgos legales derivados de la denegación de un servicio o trámite cuando el ciudadano se ha identificado de forma válida. La no aceptación del DNI digital podrá dar lugar a reclamaciones formales, denuncias y eventuales procedimientos administrativos o judiciales, con la consiguiente exigencia de responsabilidades para la entidad que haya rechazado indebidamente un medio de identificación legalmente válido.


Nota informativa elaborada por el área de Protección de Datos de ECIJA Madrid.

Una imagen que muestra una estructura blanca con un fondo negro, creando una sensación de profundidad y simetría.

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