Notas informativas del sector educativo

Informes9 de septiembre de 2025
La Agencia Española de Protección de Datos ha multado con 10.000 € a un centro educativo por vulnerar el RGPD al crear una cuenta institucional sin consentimiento de los padres y no implementar medidas de seguridad adecuadas, lo que derivó en una suplantación de identidad de una menor.

En junio de 2025, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) sancionó con 10.000 € a un centro educativo tras la reclamación presentada por los progenitores de una alumna. El motivo fue la creación de una cuenta de correo electrónico institucional sin base legitimadora válida, así como la falta de medidas de seguridad, lo que provocó una brecha que derivó en la suplantación de identidad de la menor en Google Classroom.


Hechos principales

La reclamación se presentó en julio de 2023. Los padres denunciaron que el centro creó una cuenta de correo sin consentimiento, infringiendo el principio de licitud en el tratamiento de datos. Durante la investigación, la AEPD comprobó que se había accedido de forma no autorizada al perfil de Google Workspace de la alumna, desde el que se enviaron mensajes en su nombre.

La Agencia también detectó deficiencias en el sistema de contraseñas, que se generaban de forma poco robusta —a partir de la inicial del alumno y la fecha de nacimiento de la madre— y que no obligaba a los usuarios a cambiarlas tras el primer acceso. Además, la política de privacidad del centro no incluía los datos de contacto del Delegado de Protección de Datos (DPO), lo que dificultaba el ejercicio de los derechos de los interesados.


Infracciones del RGPD

La AEPD concluyó que el centro vulneró:

  • Artículo 6.1 – Licitud del tratamiento: ausencia de consentimiento válido de los progenitores.
  • Artículo 13 – Transparencia e información: omisión de los datos de contacto del DPO en la política de privacidad.
  • Artículo 32 – Seguridad: deficiencias graves en el sistema de contraseñas y en la gestión de la brecha de seguridad.

Conclusión

Aunque el centro implementó medidas correctoras posteriormente, como formaciones internas y la actualización de su política de privacidad, la AEPD subrayó que estas acciones no eliminan las infracciones cometidas.

Esta resolución recuerda la importancia del cumplimiento estricto del RGPD, en especial cuando se tratan datos de menores de edad, considerados especialmente sensibles. La Agencia insiste en que los centros educativos deben garantizar bases de legitimación válidas, medidas de seguridad adecuadas y transparencia, reforzando así la protección de la privacidad de los alumnos en entornos digitales.


Descarga el informe completo más abajo. 

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