Desinformar no está tipificado como delito

Artículos10 de septiembre de 2025
En entrevista con EFE Verifica, Javier López, socio de ECIJA y experto en derechos digitales, analiza el marco legal de la desinformación en España, subrayando que los bulos no son delito en sí mismos pero pueden encajar en distintas figuras penales y vulnerar el derecho a la información.

La propagación de bulos y noticias falsas no está recogida como delito autónomo en el Código Penal español. Así lo recuerda Javier López, socio de ECIJA especializado en la defensa de derechos en entornos digitales y tecnológicos, en una entrevista concedida a EFE Verifica.


Aunque la desinformación no esté tipificada expresamente, López señala que su difusión puede acarrear sanciones legales si encaja en delitos ya previstos en la legislación, como delitos de odio, descubrimiento y revelación de secretos, contra la integridad moral, desórdenes públicos, injurias y calumnias, delitos contra la salud pública, estafas, intrusismo o delitos contra el mercado y los consumidores. También puede tener consecuencias en el ámbito civil cuando se vulnera el derecho a la información.


En relación con los bulos que circularon sobre los incidentes en Torre Pacheco, López advierte que estos pueden tener consecuencias tanto civiles como penales, especialmente cuando se utilizan para incitar al odio contra una persona o colectivo, conducta recogida en el artículo 510 del Código Penal.


No obstante, el socio de ECIJA reconoce que resulta difícil perseguir penalmente las campañas de desinformación en redes sociales, debido al anonimato de los perfiles y a las exigencias del Derecho procesal, que impide interponer una demanda sin identificar de manera individual a cada responsable.


En cuanto a la Ley de Servicios Digitales (DSA, por sus siglas en inglés), en vigor desde 2022, López subraya que obliga a las plataformas a actuar con mayor transparencia y rapidez en la retirada de contenidos nocivos. Sin embargo, la práctica revela deficiencias: según un informe del Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia publicado en julio, las plataformas solo retiraron un 22 % de las publicaciones con contenido de odio en torno a los sucesos de Torre Pacheco.


«Está por ver hasta dónde la Comisión Europea va a tener la firmeza de aplicar esas obligaciones y hasta qué punto las autoridades nacionales son capaces de velar por el adecuado cumplimiento de las normas establecidas», añadió en la misma línea Ramón Salaverría, coordinador del Observatorio Ibérico de Medios Digitales (Iberifier).


La entrevista pone de relieve la complejidad jurídica que rodea la desinformación y los retos que supone para el Derecho penal y civil, así como la necesidad de una acción más decidida por parte de las instituciones europeas y nacionales para garantizar el cumplimiento efectivo de las normas.


Consulta la entrevista completa aquí

Una imagen que muestra un teléfono móvil con una pantalla de Instagram y una laptop al lado.

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