Nuevo Reglamento para el acceso y la consulta web de datos personales del Registro Civil
El reglamento pone fin al modelo de consulta anónima e irrestricta que durante años permitió a cualquier persona obtener en línea datos civiles de terceros.
Los cambios más relevantes para las empresas son cuatro:
- Registro obligatorio y trazabilidad: toda consulta exige una cuenta personal e intransferible de una persona física mayor de edad, con identidad validada, y queda registrada en bitácoras.
- Menos datos visibles: la consulta general ya no muestra hijos, nombres de los progenitores, ni la identidad de cónyuges o excónyuges.
- Trazabilidad: todas las consultas que se realicen quedarán almacenadas en una bitácora que podrá ser accedida por el titular de los datos, previa solicitud al TSE.
- Acceso diferenciado excepcional: el acceso a información ampliada requiere autorización expresa de la Dirección General del Registro Civil, con finalidad exclusiva, plazo y límites; para el sector privado se analiza caso por caso y debe acreditarse un interés público.
Recomendación principal: las organizaciones que utilizan la consulta del TSE en procesos de verificación de identidad, debida diligencia, cobro, recursos humanos o enriquecimiento de bases de datos deben revisar de inmediato esos procesos.
¿Cuáles son los cambios más relevantes? ¿Cuáles son las principales implicaciones de este reglamento para las empresas? ¿Qué ajustes deben realizarse pronto?
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Cómo podemos ayudarle
El equipo de Protección de Datos de ECIJA puede asistirle en el diagnóstico de los procesos que dependen de la consulta del TSE, la preparación de solicitudes de acceso diferenciado, la revisión de contratos con proveedores de información y la actualización de políticas y protocolos conforme a la Ley 8968.
Contacto: Mauricio París - Socio | mparis@ecija.com