Cambian las reglas del juego laboral

El Tribunal Supremo y los Tribunales Superiores de Justicia han fijado criterios relevantes sobre festivos y descansos, bonus e incapacidad temporal, cambio de convenio, permisos retribuidos y límites del acoso laboral.


Un nuevo escenario que exige a las empresas anticiparse, ajustar políticas internas y reforzar la seguridad jurídica.

  • Festivos y descansos compensables

  • Bonus en bajas médicas

  • Cambio válido de convenio

  • Permisos y acoso laboral

  • Hablemos
Una vista aérea de una playa llena de gente disfrutando del sol y el mar.

Coincidencia entre festivos y descanso semanal

Obligación de compensación.

La jurisprudencia reciente ha consolidado que los festivos y el descanso semanal son derechos distintos y no pueden solaparse. 

Cuando un festivo coincide con el día de descanso, no se considera disfrutado y la empresa debe compensarlo para garantizar su disfrute efectivo. 

Esta obligación es aplicable a todo tipo de jornada y sistema de turnos, ya sea mediante un día adicional de descanso o compensación económica, evitando que los festivos “desaparezcan” del calendario laboral.

Una noria colorida contra un cielo azul claro.

Bonus e incapacidad temporal

Límites al descuento y riesgo de discriminación - STS 159/2026.

El Tribunal Supremo aclara los límites para minorar o excluir el bonus durante la incapacidad temporal, señalando que no existe un derecho automático a percibirlo durante la baja médica. 

La validez de la minoración depende del diseño del sistema de incentivos: es lícita cuando el bonus se vincula a objetivos individuales o al tiempo efectivamente trabajado y está claramente prevista, pero puede ser discriminatoria si se aplica de forma automática o injustificada, especialmente cuando la enfermedad penaliza resultados colectivos o ajenos al desempeño individual.

Una imagen que muestra la esquina de un edificio moderno con un cielo claro de fondo.

Modificación sustancial de condiciones de trabajo y cambio de convenio colectivo aplicable

STS 1244/2025.

El Tribunal Supremo confirma que es válida la Modificación Sustancial de Condiciones de Trabajo consistente en cambiar el convenio colectivo aplicable cuando concurren causas organizativas y productivas y el proceso se negocia de buena fe. 

Además, recuerda que el convenio aplicable es una cuestión indisponible, determinada por la actividad real de la empresa, por lo que no puede elegirse libremente si no se ajusta a dicha actividad.

Una fachada arquitectónica colorida con macetas colgadas en ventanas de un edificio.

Interpretación de los permisos por hospitalización y fuerza mayor

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid descarta la existencia de acoso laboral cuando no se acreditan conductas reiteradas y graves de hostigamiento, diferenciándolo de una situación de conflictividad laboral o estrés profesional. 

La sentencia confirma que, en ausencia de pruebas concluyentes y con informes como el de la Inspección de Trabajo que descartan el acoso, no existe vulneración de derechos fundamentales, validando la actuación judicial y empresarial.

La imagen muestra una fila de cabañas de playa con el mar de fondo bajo un cielo nublado.

La adaptación legal del permiso por hospitalización permite suprimir los días por desplazamiento

El Tribunal Supremo confirma la licitud de la medida empresarial.

El Tribunal Supremo confirma que la supresión de los días adicionales por desplazamiento en el permiso por hospitalización es lícita cuando deriva directamente de una reforma legal de obligado cumplimiento. 

La adaptación al Real Decreto‑ley 5/2023 no constituye una modificación sustancial de condiciones de trabajo, ya que el nuevo régimen amplía y mejora el derecho, sin reducir garantías ni exigir la apertura de un periodo de consultas.

¿Cómo afecta esto a tu empresa?

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