El Consejo da luz verde al Ómnibus Digital sobre IA: simplificación del Reglamento de Inteligencia Artificial

Informes30 de junio de 2026
El paquete aplaza la entrada en aplicación de las obligaciones para sistemas de alto riesgo, introduce nuevas prohibiciones (aplicaciones “nudifier" y CSAM) y refuerza la gobernanza a través de la Oficina de IA, manteniendo intacto el enfoque basado en el riesgo.

El 29 de junio 2026, el Consejo ha dado su visto bueno final al reglamento que modifica el Reglamento de IA (Reglamento (UE) 2024/1689) para simplificar y racionalizar su aplicación, dentro del paquete de simplificación “Ómnibus VII (digital)”. Con ello se cierra el procedimiento legislativo: el Parlamento ya había aprobado el texto el 16 de junio de 2026 y el Consejo era el último paso para su adopción formal. Entrará en vigor a los tres días de su publicación oficial, prevista para los próximos días.

Novedades

  • Aplazamiento de obligaciones clave sobre sistemas de IA de alto riesgo, manteniendo intacta la arquitectura y el enfoque basado en el riesgo del Reglamento de IA. 
  • Prohibición de las aplicaciones “nudifier”: se prohíben los sistemas de IA que generen material de abuso sexual infantil (CSAM) o que creen imágenes, vídeos o audios que muestren las partes íntimas de una persona identificable o actividades sexualmente explícitas sin su consentimiento, salvo que incorporen salvaguardas técnicas adecuadas.
  • Reducción de solapamientos en IA industrial: los productos ya regulados por legislación sectorial (productos sanitarios, juguetes, ascensores, maquinaria, embarcaciones) no quedan sujetos por duplicado; se exime al Reglamento (UE) 2023/1230 sobre máquinas de la aplicación directa del Reglamento de IA, y la Comisión incorporará por actos delegados los requisitos de salud y seguridad para los sistemas de IA de alto riesgo.
  • Definición más precisa de “componente de seguridad”: los productos con funciones de IA que solo asisten al usuario u optimizan el rendimiento no se clasificarán automáticamente como de alto riesgo si su fallo no genera riesgos para la salud o la seguridad. 
  • Tratamiento de datos personales estrictamente necesario para detectar y corregir sesgos, con salvaguardas, tanto en sistemas de alto riesgo como de no alto riesgo.
  • Apoyo a empresas en expansión: las exenciones para pymes se extienden a las pequeñas empresas de mediana capitalización (SMC). 
  • Reinstauración del registro simplificado para sistemas que el proveedor considere exentos de la clasificación de alto riesgo. 

Plazos

  • 2 de diciembre de 2026: nueva fecha para las obligaciones de marcado/transparencia del contenido generado por IA, respecto de los sistemas ya introducidos en el mercado antes del 2 de agosto de 2026, que disponen de un periodo transitorio de cuatro meses para adaptarse. 
  • 2 de diciembre de 2026: plazo para que las empresas adapten sus sistemas a la prohibición de aplicaciones “nudifier”. 
  • 2 de agosto de 2027: nuevo plazo para que las autoridades nacionales establezcan los espacios controlados de pruebas (sandboxes) regulatorios. 
  • 2 de diciembre de 2027: aplicación de las obligaciones para sistemas de alto riesgo autónomos (incluidos biometría, infraestructuras críticas, educación, empleo, servicios esenciales, justicia, aplicación de la ley y gestión de fronteras). 
  • 2 de agosto de 2028: aplicación para sistemas de IA integrados como componentes de seguridad en productos cubiertos por legislación sectorial de seguridad y vigilancia del mercado. 

Otras cuestiones

  • Deepfakes y contenido sintético: el contenido generado por IA deberá etiquetarse en formato legible por máquina para reforzar la transparencia y permitir su detección y trazabilidad, con la nueva fecha de aplicación del 2 de diciembre de 2026. 
  • Oficina de IA (AI Office): se refuerza y aclara su competencia exclusiva para supervisar los sistemas basados en modelos de IA de uso general cuando el modelo y el sistema proceden del mismo proveedor, o de proveedores de una misma empresa (undertaking), así como los sistemas que constituyan o estén integrados en plataformas o motores de búsqueda grandes (VLOP/VLOSE). 
  • Excepciones a favor de las autoridades nacionales: estas conservan la competencia en ámbitos como la aplicación de la ley, la gestión de fronteras, las instituciones financieras y la administración de justicia, además de los sistemas vinculados a productos del Anexo I. 

Principales recomendaciones

  • Revisar el calendario interno de cumplimiento: el aplazamiento de las reglas de alto riesgo ofrece margen adicional, pero conviene aprovechar la mayor certidumbre de las fechas fijas para planificar la conformidad.
  • Verificar exposición a la prohibición de “nudifiers” y a las obligaciones de etiquetado, cuyos plazos vencen ya el 2 de diciembre de 2026. 

Nota informativa del área de TMT de ECIJA Madrid.

El puente iluminado emite un resplandor naranja en la oscuridad de la noche.
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