Cuándo hay que declarar las criptomonedas en la declaración de la renta
La Agencia Tributaria cuenta cada vez con más fuentes de información para comprobar los datos que incluye cada contribuyente en la declaración de la Renta. Entre las últimas en incorporarse se encuentran las plataformas de negociación con criptoactivos, solo las que tienen sede en España, que tienen obligación de facilitar a Hacienda los titulares y operaciones. Esta campaña, en los datos fiscales que elabora la propia administración se han incluido 1,24 millones de avisos a contribuyentes que sabe que invierten en criptoactivos.
Operaciones que se declaran
En su oficina de Zaragoza trabajan 11 personas que estos días aceleran la confección de declaraciones de la Renta con criptomonedas, apenas tres semanas antes de que termine la campaña el próximo 30 de junio. Especifica los casos en los que invertir en criptodivisas tiene impacto en la Renta. "Hay que declarar cada venta que hagamos", señala. Y no se trata solo de aquellas situaciones en las que "cambiamos una criptomoneda por euros", sino "también si se cambian por otras". A ello se unen otros casos como si se reciben recompensas por staking, minería y airdrops.
Desde la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) detallan que en el caso de cambio de monedas "el tratamiento de esta operación consiste en la existencia de una ganancia o pérdida patrimonial imputable en el momento de producirse la entrega según el contrato". Para calcular la cuantía que hay que declarar será necesario conocer la "diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición a incluir en la base imponible del ahorro ya que se trata de la transmisión de un elemento patrimonial".
Si se produce el intercambio de monedas diferentes los asesores coinciden en que "también se produce una ganancia o pérdida patrimonial calculándose con la regla de la permuta". En este caso se calcula la diferencia entre el valor de adquisición de la moneda virtual que se entrega y el mayor de los dos siguientes: "el valor de mercado de la moneda virtual entregada y el valor de mercado del bien o derecho que se recibe a cambio". Se imputará en el momento de producirse el cambio y también será una renta a incluir en la base imponible del ahorro. CL Cripto recuerda que como en otros activos financieros "si tienes pérdidas, puedes compensarlas con ganancias de los próximos 4 años" cuando presentes las declaraciones.
Cálculos complejos
Lorente señala que la dificultad se encuentra en llevar a cabo esos cálculos porque se registran los que se hayan hecho en todas las plataformas. "Incorporar los datos en la declaración es fácil porque solo es rellenar las casillas, lo complicado es el cálculo previo de la cantidad que hay que introducir porque hay que calcular todos los movimientos".
Por ello, desde la consultora fiscal detallan que se debe llevar "un registro completo y detallado de todas las transacciones con criptos". Así, deberá figurar la fecha, tipo de operación, cantidad de cripto, valor en euros en el momento de la transacción y posibles gastos asociados.
La falta de declaración, omisiones y errores en la inversión en criptoactivos se consideran infracciones tributarias. La asesoría recuerda las multas por no declarar en la Renta: "Si no incluyes tus ganancias en el IRPF, Hacienda puede sancionarte con multas que van desde el 50 % hasta el 150 % de la cantidad defraudada".
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