Videovigilancia y uso de datos biométricos en los centros educativos
Debido a la protección y garantías especiales de las personas menores de edad, los centros educativos tienen el deber de realizar un riguroso análisis jurídico y técnico al implementar las tecnologías aquí mencionadas, ya que si el fin perseguido a través de la vigilancia y el control es mejorar la seguridad de los estudiantes, se corre el riesgo de lograr el efecto contrario, no solo al exponer a los menores a potenciales daños que afecten su desarrollo como individuos, sino a la responsabilidad jurídica que pueda atribuirse a la institución académica", detalla nuestro especialista en Derecho Digital
Juan Esteban Durango en su columna para
Delfino.cr