Se aprueba nueva reforma laboral en el Congreso argentino

Artículos13 de marzo de 2026
La iniciativa, parte de la agenda del presidente Javier Milei, introduce modificaciones profundas en la regulación del trabajo y en la estructura del mercado laboral argentino.

El Senado de la Nación Argentina aprobó recientemente, en la madrugada del 12 de febrero de 2026, el proyecto de reforma laboral promovido por el Poder Ejecutivo. La iniciativa, parte de la agenda del presidente Javier Milei, introduce modificaciones profundas en la regulación del trabajo y en la estructura del mercado laboral argentino.

La propuesta promueve una reconfiguración integral del mercado laboral argentino, con el propósito oficial de “modernizar” las relaciones de trabajo, fomentar empleo formal, reducir costos laborales y flexibilizar procesos de contratación y desvinculación. 


Las principales reformas destacan en ámbitos como: 

a. El cálculo de indemnizaciones y financiación. Se modifica la base de cálculo de las indemnizaciones por despido, excluyendo conceptos como vacaciones, aguinaldo y otros rubros no regulares. Además, se establece un tope máximo salarial para la base de cálculo, equivalente a tres veces el salario promedio mensual aplicable según la categoría laboral. Costa Rica es considerado como uno de los países con indemnizaciones laborales “baratas”, por lo que la reducción de indemnizaciones en países como Argentina, puede poner presión sobre nuestra competitividad a nivel internacional.

b. Modificaciones en las jornadas laborales y modalidades de trabajo. La reforma habilita la ampliación de la jornada diaria de trabajo hasta 12 horas, siempre y cuando se respeten descansos mínimos de 12 horas entre jornadas. Asimismo, se incorpora la figura de “banco de horas” y se posibilitan regímenes de compensación voluntaria de horas sin el pago de horas extras tradicionales y finalmente, se prevén contratos a tiempo parcial para jornadas inferiores a la legal. En nuestro país, la compensación coloquialmente denominada “tiempo por tiempo”, para el “pago” de tiempo extraordinaria no es considerada legal, dado que solo se permite pagarlas en dinero. Por tanto, un cambio en ese eje podría impulsar cambios legislativos que utilicen esa forma de compensación. 

c. Vacaciones y remuneración por concepto de accidentes laborales. Se reglamenta el uso y eventual fraccionamiento de períodos vacacionales dentro de plazos específicos, con posibilidad de acuerdos entre partes. Además, en caso de enfermedad o accidentes no relacionados con el trabajo, se establecen procentajes reducidos de pago salarial por períodos determinados, diferenciados según cargas familiares. A nivel nacional, nuestro régimen de vacaciones está desfasado, teniendo reglas que en la práctica no se siguen ni se fiscalizan. Por ejemplo, no se permite fraccionar el período de vacaciones a pesar de que es una práctica común a nivel nacional. 

Una multitud de personas camina rápidamente sobre un suelo de loseta.

La reforma ha generado fuertes críticas de sindicatos y sectores opositores, que advierten sobre posibles retrocesos en derechos históricos, precarización de condiciones laborales y limitaciones al derecho de huelga, en un contexto de protestas masivas y tensiones sociales. La reforma procesal laboral, la última reforma significativa de nuestro Código de Trabajo, duró más de diez años en discutirse, y no afectó la parte laboral sustantiva.

Aunque el proyecto argentino deberá completar su trámite legislativo en la Cámara de Diputados, con debates aún pendientes sobre ajustes finales al texto, antes de convertirse en ley, marcan una tendencia significativa en reformas laborales en los mercados latinoamericanos, que pudieran afectar la discusión a nivel nacional. 

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