Riesgos en las comunicaciones del teletrabajo
Tribuna de Sonia Gracia, abogada de ECIJA, para Invest in Spain (ICEX)La pandemia mundial que estamos sufriendo desde el último año, ha obligado a distintas organizaciones a adaptarse a este nuevo paradigma.
Una de las medidas estrella que estas organizaciones se han visto obligadas a implementar - a pasos agigantados - es el teletrabajo. Medida que no es de nueva creación pero que se ha implementado de forma atropellada en muchas ocasiones, lo cual, puede conllevar riesgos para dichas organizaciones en relación al cumplimiento de la normativa de protección de datos y de ciberseguridad.
Algunos de los riesgos más comunes son aquellos que se pueden producir por los empleados cuando utilizan sus dispositivos personales a modo de herramientas de trabajo, sin que las organizaciones puedan regular su uso o evaluar las medidas de seguridad de estos dispositivos. Por ejemplo, es importante comprobar si el dispositivo tiene una contraseña lo suficientemente robusta.
También la propia organización debe considerar los riesgos que supone, por ejemplo, la contratación (en muchos casos gratuita) de plataformas tipo Teams, Zoom, Jitsi, que permiten que se estén produciendo transferencias internacionales de datos personales (de clientes, empleados etc...), que no están adecuadamente cubiertas. Una correcta evaluación de las medidas de seguridad que ofrecen estas plataformas es esencial, ya que de otro modo, existe el riesgo de que se produzca una potencial violación de seguridad sobre los datos personales de los cuales son responsables las organizaciones.
El uso de las herramientas más utilizadas en España (según un estudio de la CNMV más del 90% de españoles estarían utilizando una herramienta de mensajería), es muy sensible respecto a los aspectos más importantes relativos al cumplimiento de la normativa de protección de datos personales, lo cual, puede presentar un riesgo para los derechos y libertades de los interesados y la comisión de una infracción por parte de las organizaciones que podría acarrear sanciones de alta cuantía.
No obstante, las organizaciones no están solas ante el peligro: la Agencia Española de Protección de Datos publicó una serie de Recomendaciones para proteger los datos personales en situaciones de movilidad y teletrabajo, tanto para empleadores como empleados. Asimismo, desde ECIJA recomendamos que se implemente una buena política de uso de medios y sistemas de información que cubra los aspectos comentados en este artículo, así como adoptar una cultura de cumplimiento normativo en nuestras organizaciones.