‘Publicidad de Casinos en la UE según el TJUE’ por María Jesús Rodrigo, abogada de Information Technology de ECIJA, publicado en ECIJA 2.0, blog de ECIJA y LegalToday, portal de tendencias jurídicas de la editorial Thomson-Reuters Aranzadi.
En el artículo se analiza la última resolución del TJUE por la que un Estado miembro de la UE puede prohibir en su territorio la Publicidad de Casinos de otros Estados Miembros.
A este respecto, ‘según el TJUE, la normativa en materia de juegos de azar, se encuentra dentro de los ámbitos en que se dan considerables divergencias morales, religiosas y culturales y, por tanto, a falta de armonización en la materia, los Estados miembros tienen libertad para determinar su política sobre juegos de azar y el grado de protección de los consumidores’ No obstante lo anterior ‘un Estado miembro de la Unión Europea puede prohibir la publicidad de casinos, que son explotados en otros Estados miembros, cuando su legislación no ofrezca un nivel equivalente de protección a los jugadores’. Comenta María Jesús.
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