Publicado el nuevo reglamento del contrato formativo

Artículos2 de diciembre de 2025
El Real Decreto 1065/2025 establece un nuevo marco para el contrato formativo, unificando su regulación y reforzando la dimensión educativa del trabajo.

El Real Decreto 1065/2025 establece el nuevo marco del contrato formativo y redefine de manera completa sus dos modalidades: el contrato de formación en alternancia y el contrato para la obtención de práctica profesional. 


La norma sustituye a la dispersa regulación anterior y busca asegurar que la formación vinculada al empleo sea real, evaluable y coordinada entre empresa y entidad formativa.


En el contrato de formación en alternancia, el reglamento fortalece la idea de combinación efectiva entre actividad laboral y formativa. 


Se exige un plan formativo individual, la firma de un convenio de cooperación entre empresa y centro educativo y la presencia de dos figuras de tutoría (una en la empresa y otra en la entidad formadora). También se fijan límites estrictos a la jornada productiva —65 % el primer año y 85 % el segundo— y se prohíben las horas extra, el trabajo nocturno y a turnos, salvo supuestos excepcionales. El texto introduce igualmente límites al número de personas contratadas en formación por centro de trabajo y establece una retribución mínima ligada al salario de convenio, nunca inferior al SMI proporcional.


La segunda modalidad, el contrato para la obtención de práctica profesional, se dirige a personas que ya han obtenido una titulación universitaria o de FP. Su duración general se sitúa entre 6 meses y 1 año, con posibilidad de ampliación en determinados colectivos. 


El contrato debe formalizarse dentro de los tres años siguientes a la obtención del título (cinco en caso de personas con discapacidad) y también exige plan formativo, tutoría y una certificación final de las prácticas que acredite las competencias adquiridas.


De manera transversal, el reglamento refuerza las obligaciones formales: contrato por escrito, comunicación al servicio público de empleo, información a la representación legal y evaluación periódica del desarrollo formativo. 


Asimismo, potencia la conversión de estos contratos en indefinidos, integrándolos en la estrategia de mejora de la empleabilidad juvenil y de la transición entre formación y empleo.


Artículo escrito por el área de Laboral de ECIJA Madrid.

Una imponente montaña con picos nevados al atardecer.

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