Primer borrador del Código de Buenas Prácticas para la Transparencia en Contenidos Generados por IA

Artículos31 de diciembre de 2025
La Comisión Europea ha publicado un primer borrador del Código de Buenas Prácticas que desarrolla las obligaciones de transparencia del artículo 50 del Reglamento de IA para contenidos generados o manipulados por sistemas de inteligencia artificial.

Este primer borrador del Código de Buenas Prácticas busca establecer directrices para garantizar la transparencia en contenidos generados o manipulados por sistemas de IA, en cumplimiento del artículo 50 del Reglamento de IA. El objetivo es facilitar la identificación de contenido sintético, proteger derechos fundamentales y reforzar la confianza en el ecosistema digital. El texto ha sido elaborado mediante un proceso colaborativo con múltiples actores (industria, academia, sociedad civil) y se estructura en dos grupos de trabajo: 

  • Grupo de trabajo 1: requisitos para el marcado y detección de contenido generado por IA.
  • Grupo de trabajo 2: requisitos de divulgación de deepfakes y textos generados por IA.

Puntos clave: 

  • Marcado en múltiples capas: los proveedores de sistemas de IA deben aplicar técnicas combinadas (metadatos, marcas de agua imperceptibles, certificados de procedencia) para garantizar que el contenido sea detectable como generado o manipulado artificialmente.
  • Detección accesible y verificable: se exige que los proveedores ofrezcan herramientas (APIs o interfaces públicas) para que terceros puedan comprobar la autenticidad del contenido, incluyendo mecanismos forenses que no dependan solo de marcas activas.
  • Estándares abiertos e interoperabilidad: el Código de Buenas Prácticas promueve la creación y adopción de estándares europeos e internacionales para asegurar que las soluciones sean interoperables y proporcionales, especialmente para PYMEs.
  • Etiquetado claro de deepfakes y textos de interés público: los responsables del despliegue deben usar iconos comunes y taxonomías armonizadas para indicar si el contenido es totalmente generado por IA o asistido, asegurando accesibilidad (p.e: audio para personas con discapacidad visual).
  • Excepciones y proporcionalidad: se contemplan excepciones para usos legales (p.e: investigación criminal) y para obras artísticas, creativas o satíricas, aplicando la transparencia de forma que no afecte la calidad ni la explotación normal de la obra.
  • Cumplimiento y formación: tanto proveedores como responsables del despliegue deben implementar marcos internos de cumplimiento, pruebas periódicas, formación del personal y cooperación con autoridades de supervisión.

Este borrador constituye un primer paso hacia un marco común europeo que garantice la transparencia en contenidos generados por IA. Aunque aún requiere ajustes y aportaciones, establece principios esenciales para proteger la integridad informativa, fomentar la confianza pública y cumplir con el Reglamento de IA.


Accede al artículo completo publicado por la Comisión Europea aquí.

Siluetas de personas en un espacio arquitectónico iluminado por grandes ventanales.
  • Inteligencia Artificial

Socios relacionados

ACTUALIDAD #ECIJA