Patronos deberán dar permiso con goce de salario a personas trabajadoras que asistan al Ministerio de Trabajo
El artículo 515 del Código de Trabajo, en su versión actual, solamente obligaba a otorgar un permiso para ausentarse de laborar, a las personas trabajadoras estos deban comparecer como testigos o actuar en alguna otra diligencia judicial.
Con la reforma aprobada, se incluyen dos permisos adicionales a la comparecencia judicial:
- Cuando se realiza alguna diligencia administrativa personal ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, siempre que esté debidamente justificada.
- Cuando el trabajador deba participar en un proceso disciplinario de la Administración Pública.
Daniel Valverde, director de la práctica de Derecho Laboral mencionó: “Para que estos permisos sean con goce de salario, el trabajador debe comunicar a su empleador, con anticipado, la citación o emplazamiento. Esto sería la resolución judicial o la del Órgano Director de la Administración Pública que establezca la fecha y hora de la comparecencia, o la cita para ser atendido en alguna dependencia del Ministerio de Trabajo. Además, el trabajador debe presentar el comprobante de asistencia, para evidenciar que efectivamente atendió el llamamiento de las autoridades.”
La reforma, en el caso de comparecencias ante el Ministerio de Trabajo, adiciona el requisito que estas deben estar “justificadas”. Esto se incluye para evitar abusos por parte del trabajador, dado que, a diferencia de las diligencias judiciales o la de los procesos disciplinarios, las gestiones ante el Ministerio son a solicitud de parte. Las personas trabajadoras que solicitan un servicio a la entidad, se les otorga una cita para poder atenderlo. Por tanto, es importante que los trabajadores sepan que no pueden pedir citas indiscriminadamente, sino que la asistencia que pidan debe estar debidamente justificada.
“Se recomienda a los empleadores, que tengan una comunicación activa con los trabajadores, para informar esta nueva reforma, particularmente que las gestiones ante el Ministerio de Trabajo deben estar justificadas para que el permiso, y el pago con goce de salario, sea procedente,” añadió Daniel Valverde.
Para entrar en vigor, esta norma necesita ser publicada en el Diario Oficial La Gaceta. Una vez publicada, rige a partir de ese mismo día.