Medidas tributarias aprobadas en el Proyecto de Reconstrucción Nacional.
El Proyecto de Reconstrucción Nacional incorpora una serie de medidas tributarias relevantes para empresas, inversionistas y contribuyentes. Entre ellas se encuentran la rebaja gradual del Impuesto de Primera Categoría, nuevos mecanismos de invariabilidad tributaria, incentivos para la repatriación de capitales y modificaciones en materia de donaciones, vivienda, empleo y capacitación. A continuación, se presenta sus principales aspectos.
1. Rebaja del Impuesto de Primera Categoría:
Se establece una reducción gradual desde 27% a 23% entre 2027 y 2029 y reintegración del sistema tributario.
- Año comercial 2026, tasa IDPC 27%.
- Año comercial 2027, tasa IDPC 25,5%.
- Año comercial 2028, tasa IDPC 24%.
- Año comercial 2029 en adelante, tasa IDPC 23%.
2. Régimen de invariabilidad tributaria:
Se establece un régimen que será escalonado por un plazo de 10 años para inversiones entre US$ 50 millones y US$ 100 millones, 15 años para inversiones entre US$ 100 millones y US$ 350 millones, y 20 años para inversiones iguales o superiores a US$ 350 millones.
3. Repatriación de capitales:
Se establece una tasa del 10% para declarar bienes en el extranjero de forma voluntaria (por 12 meses desde el primer día del tercer mes siguiente a la publicación de la ley), con una rebaja al 7% si el dinero vuelve a Chile por al menos 5 años (dentro de los primeros 3 años desde la publicación de la ley).
4. Rebaja transitoria del impuesto a las donaciones:
se crea una ventana de 12 meses donde las donaciones que se realicen a legitimarios y beneficiarios de la cuarta de mejoras, salvo que el donante no tenga tales asignatarios al momento de la donación, pagarán solo el 50% del impuesto habitual.
5. Impuesto sustitutivo del 10%:
Se establece un impuesto sustitutivo a las rentas acumuladas en los registros FUR, STUT y retiros en exceso.
6. Contribuciones para adultos mayores:
Se exime del pago de contribuciones a la vivienda principal de personas de 65 años o más que cumplan los requisitos establecidos en la ley.
7. Nueva exención DFL-2:
Se crea un régimen especial respecto de las rentas que se obtengan por la explotación de viviendas acogidas al DFL-2, estableciendo un impuesto único de 5% para propietarios desde la tercera vivienda.
8. Crédito tributario al empleo:
Se establece un crédito equivalente al 15% de las remuneraciones pagadas a trabajadores domiciliados y residentes en Chile por empresas exportadoras de servicios de la economía del conocimiento. El beneficio tendrá un tope de 75 UTM por trabajador y podrá aumentar a 20% para empresas con casa matriz o sucursales ubicadas fuera de la Región Metropolitana o en comunas rurales de esta. Además, el Senado incorporó un nuevo crédito de 150 UTM por trabajador, contra el Impuesto de Primera Categoría para empleadores que financien tratamientos de enfermedades catastróficas de sus empleados o familiares de estos.
9. Modificaciones a la franquicia tributaria Sence:
Se reduce el límite de la franquicia desde 1% a 0,7% de la planilla anual y redefine los porcentajes de financiamiento de la capacitación, otorgando mayores beneficios a trabajadores de menores remuneraciones.