¿Me deben “liberar” el teléfono móvil una vez transcurrido el periodo de permanencia?

25 de septiembre de 2012

‘¿Me deben “liberar” el teléfono móvil una vez transcurrido el periodo de permanencia?’, por Eduardo Lagarón, abogado de Information Technology de ECIJA, publicado en ECIJA 2.0, blog de ECIJA y LegalToday, portal de tendencias jurídicas de la editorial Thomson-Reuters Aranzadi.

Mucho se ha comentado en las redes sociales sobre el derecho de los consumidores y usuarios a que se les liberen sus teléfonos móviles una vez transcurrido el periodo de permanencia, o bien, si se quiere ver de otro modo, si existe una obligación por parte de los operadores de telecomunicaciones de llevar a cabo la “liberación” de los equipos terminales móviles una vez transcurrido dicho periodo.

En el artículo se ofrece un análisis desde la doctrina aplicable a la cuestión planteada a raíz de la polémica suscitada por un comunicado de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) sobre la inexistencia de una obligación por parte de los operadores de "liberar" el equipo terminal móvil una vez transcurrido el mencionado periodo.

A este respecto Eduardo apunta que: ‘En este sentido, lo cierto es que, como ha indicado parte de la doctrina, la inexistencia de una norma o resolución legal que imponga la obligación a los operadores de "liberar" el teléfono móvil del usuario no impide la posibilidad de que se pueda argumentar que, una vez terminado el periodo de permanencia, el terminal deba ser "liberado" por los operadores’.

Link al artículo: ‘¿Me deben “liberar” el teléfono móvil una vez transcurrido el periodo de permanencia?’

http://www.legaltoday.com/blogs/nuevas-tecnologias/blog-ecija-2-0/me-deben-liberar-el-telefono-movil-una-vez-transcurrido-el-periodo-de-permanencia

 

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