Incentivo Tributario: 150% Adicional de Deducibilidad por Patrocinios Culturales
Nota informativa del área de Inversión de ECIJA GPA.El Ministerio de Cultura y Patrimonio de Ecuador, mediante los Acuerdos Ministeriales Nro. MCYP-MCYP-2024-0015-A, MCYP-MCYP-2024-0053-A y MCYP-MCYP-2024-0145-A, ha establecido un incentivo tributario que permite a personas y empresas acceder a una deducibilidad adicional del 150% en su base imponible del impuesto a la renta. Este beneficio busca fomentar el desarrollo de eventos artísticos y culturales, así como la producción de obras cinematográficas y la innovación en el sector cultural.
¿Cómo funciona el incentivo? El trámite se divide en dos etapas:
- Calificación de Propuesta: El Ministerio de Cultura y Patrimonio emite un documento que acredita la validez de la propuesta artística o cultural presentada.
- Certificación: Este documento garantiza que los recursos entregados al patrocinado son aptos para el beneficio de deducibilidad tributaria.
- Eventos artísticos y culturales: Conciertos, obras de teatro y exhibiciones artísticas.
- Producción y patrocinio de obras cinematográficas: Largometrajes y cortometrajes.
- Aportes al fomento de las artes e innovación cultural: Instalaciones visuales y sonoras, cineforos, festivales y proyectos de realidad aumentada.
- Monetarios: Realizados en efectivo.
- No monetarios: Realizados a través de bienes o servicios.
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