Guía para entender los cambios en el IVA del comercio electrónico

7 de mayo de 2021

Expansión recoge la opinión de Nazario Mendoza y Alejandro Fernández, respectivamente socio y asociado de fiscal de ECIJA.

El 1 de julio de 2021 entrará en vigor una serie de medidas centradas en las ventas online transfronterizas, la responsabilidad de los 'marketplaces' y las reglas de localización del IVA.

En 2016, la Comisión Europea presentó un plan de acción encaminado a modernizar y simplificar el IVA del comercio electrónico transfronterizo, cuyos pilares se basaban, entre otros, en la reforma del régimen comunitario de ventas a distancia y en la ampliación del mecanismo de ventanilla única.

El objetivo era adaptar un sistema de impuestos obsoleto a la venta online y la evidente digitalización de la economía y generar una tributación en destino -ahora los consumidores pueden comprar bienes y servicios de todo el mundo- y olvidar el sistema del IVA que se paga en origen.

Las medidas aprobadas en la Unión Europea debían adoptarse de manera progresiva. Las primeras empezaron a funcionar en enero de 2019 y a principios del actual año. Pero la pandemia de coronavirus ha retrasado la entrada en vigor de estas últimas hasta el 1 de julio de 2021.

Según explican Nazario Mendoza y Alejandro Fernández, respectivamente socio y asociado de fiscal de Ecija, en el caso español, el próximo paquete de medidas a implementar estaba recogido en el anteproyecto de ley de 31 de agosto de 2020 por el que se introducían en nuestra normativa una serie de medias que afectan, principalmente, a las ventas online transfronterizas, al sistema de ventanilla única, a los marketplaces y a las reglas de localización del IVA, consolidando el principio de tributación en destino.

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