European Business Wallets: Novedades que impactan en el ecosistema de EIDA
Contexto
El 19 de noviembre de 2025 la Comisión Europea presentó un paquete legislativo de simplificación normativa “Digital Package”, cuyo objetivo es depurar y armonizar el marco regulatorio aplicable a IA, ciberseguridad, privacidad, protección de datos personales, servicios digitales e identificación electrónica. En este paquete se incluyen:
- La Propuesta de Reglamento Ómnibus Digital, para revisar y simplificar prácticas regulatorias dispersas.
- La Estrategia de Unión de Datos.
- La Propuesta de Reglamento para el establecimiento de las Carteras Europeas Empresariales (European Business Wallets – EBW), concebidas como una solución digital armonizada para empresas y organismos públicos orientada a facilitar la identificación y autenticación, permitir el intercambio seguro de datos y documentos y reducir las cargas administrativas en toda la Unión mediante un instrumento digital jurídicamente reconocido.
Este nuevo hito de simplificación legislativa a nivel europeo coexiste con la reciente modificación del Reglamento (UE) 2014/910 eIDAS, por el Reglamento (UE) 2024/1183 en lo que respecta al establecimiento del marco europeo de identidad digital, en vigor desde el 20 de mayo de 2024 (en adelante, Reglamento eIDAS), que introduce las Carteras Europeas de Identidad Digital (EUDI Wallet) como medios de identificación alternativos a otros medios de identificación reconocidos hasta ese momento; con el fin de reforzar los procesos de verificación de identidad de los ciudadanos europeos y facilitar la interoperabilidad y las interacciones transfronterizas de estos con el sector público y privado en toda la Unión.
En este contexto, el Reglamento eIDAS modificado y sus actos de ejecución incluyen a las EUDIWallet como mecanismo adicional de identificación/autenticación de usuarios para la provisión de servicios de confianza de emisión de certificados y declaraciones electrónicas de atributos EAA y QEAA [24.1 bis) Reglamento eIDAS]. Del mismo modo, deben ser aceptadas para la identificación fehaciente del emisor y el destinatario en el marco del servicio cualificado de entrega electrónica certificada conforme se recoge en el Acto de Ejecución del Reglamento eIDAS CIR 2025/1946.
En este escenario, la Ley Ómnibus y el Reglamento sobre Carteras Europeas Empresariales (EBW) no modifican el Reglamento eIDAS como texto base; ambas iniciativas interoperan con su despliegue en lo referido a las wallets, sus actos de ejecución y supervisión. Asimismo, anuncian una integración operativa futura del punto único de reporte de incidentes a nivel europeo, con eIDAS y otros regímenes como NIS2, GDPR, DORA y CER.
¿Qué novedades introducen las Carteras Europeas Empresariales en el marco de eIDAS?
Las Carteras Empresariales Europeas o European Business Wallets vienen a cumplir la exigencia del Reglamento eIDAS modificado en 2024 de que los Estados miembros ofrezcan carteras de identidad digital para las personas jurídicas, con el fin de optimizar sus interacciones y trámites digitales transfronterizos con el sector público y privado. Es por ello por lo que en la propuesta de Reglamento introducido dentro del paquete de simplificación digital se ha previsto que las EBW hereden el andamiaje organizativo, técnico y funcional diseñado por eIDAS para las Carteras Europeas de Identidad Digital (EUDIWallet).
En este sentido, la propuesta de Carteras Empresariales Europeas o European Bussines Wallets incorpora el marco de arquitectura técnica y funcional (ARF) de las EUDIWallet, así como, todos los requisitos definidos para estas en el Reglamento eIDAS y sus actos de ejecución (certificación de wallets, listados de wallets certificadas, registro de partes usuarias de las wallets, gestión de brechas de seguridad de las wallets, etc.). De esta manera la Comisión Europea garantiza que las Carteras Europeas Empresariales nazcan bajo requisitos estructurales, técnico - funcionales armonizados, cumpliendo además su objetivo de simplificación normativa.
¿Cómo impactarán las Carteras Europeas Empresariales en los diferentes actores del ecosistema eIDAS?
1. Para las empresas
Las Carteras Europeas Empresariales ofrecen numerosas ventajas para las empresas independientemente de su categoría (grandes empresas, pymes, startups), como, por ejemplo:
- podrán disponer de una identidad digital única en toda la Unión, utilizando una infraestructura de identidad digital armonizada y legalmente reconocida por todos los Estados Miembros.
- posibilidad de crear, almacenar e intercambiar documentos y credenciales referidas a su identificación y atributos asociados, así como, de recibir notificaciones oficiales en toda la UE agilizando procesos de identificacion/autenticación en relaciones con Administraciones Públicas (B2G) y empresas (B2B).
- posibilidad de realizar firmas/sellos electrónicos y estampar sellos de tiempo en documentos electrónicos, equivalentes en cuanto a validez y eficacia probatoria a firmas manuscritas con las máximas garantías de vinculación del firmante con el documento firmado; así como, de presunción de integridad del documento firmado y exactitud de la fecha y hora de la firma.
- disponer de un canal de comunicación seguro, interoperable y eficiente con otras empresas y con las administraciones públicas de toda la Unión.
- disminución considerable de gastos en papel y costes administrativos acelerando trámites transfronterizos, entre otras…
En definitiva, la EBW se posiciona como un pilar estratégico para consolidar la confianza digital en la UE, ofreciendo a las empresas un sistema único para interactuar con autoridades y otras empresas y cumplir sus obligaciones regulatorias.
2. Para las autoridades gubernamentales
Tras la adopción de las EBW, todos los niveles de la Administración Pública de la UE, incluidas las instituciones, organismos y agencias de la UE, dispondrán de dos años para implementar el uso de estas carteras empresariales. Sin dudas este plazo supone un reto para los Estados miembros que deben diseñar estrategias para adaptar sus infraestructuras de trámites digitales a las nuevas exigencias de la Sociedad, garantizando la interconexión segura, la privacidad de los datos personales y sobre todo la interoperabilidad con estas carteras.
3. Para los desarrolladores de Carteras de Identidad Digital
Las EBW ofrecen numerosas ventajas para desarrolladores; toda vez que, en este caso no deben hacer frente a requisitos técnico jurídicos adicionales que requieran grandes esfuerzos e inversión en tiempo y en recursos. Por el contrario, esta nueva iniciativa europea les permite beneficiarse de toda la infraestructura técnico - legal estandarizada que se está desplegando para las EUDIWallet. favoreciendo así la optimización de los procesos de desarrollo y estimulando la competitividad del mercado de la identidad digital para el desarrollo de soluciones de identidad digital completamente alineadas con los requisitos de seguridad y privacidad definidos en el Reglamento eIDAS y el RGPD, que al mismo tiempo ofrezcan funcionalidades tanto para ciudadanos, como para empresas.
4. Para Prestadores de servicios de confianza
Para los Prestadores de servicios de confianza también se abren nuevos canales de negocio con las EBW; toda vez que, crece la demanda de servicios de emisión de certificados de firma y sello electrónico, de emisión de declaraciones electrónicas de atributos EAA y QEAA y timestamp. Por otro lado, les permite integrar estas carteras en procesos de contratación y firma electrónica de documentos a distancia. También en procesos de envío de comunicaciones electrónicas certificadas en relaciones con otras entidades del sector privado; así como, en procesos de tramitación electrónica ante las AAPP y los servicios públicos.
Conclusiones
La propuesta de Reglamento para la emisión de European Business Wallet marca un hito en la identidad digital empresarial europea, al crear un sistema único, armonizado y jurídicamente robusto para empresas y entidades públicas.
Para los Prestadores de Servicios de Confianza, la EBW representa una oportunidad inmediata para:
- integrar servicios cualificados en las futuras carteras,
- emitir atributos electrónicos para representación y cumplimiento,
- participar como proveedores notificados o incluso como desarrolladores de wallets,
- y posicionarse en nuevos flujos de negocio B2G y B2B.
A medida que avance la tramitación en Parlamento y Consejo, será esencial seguir los actos de ejecución y las especificaciones técnicas, que determinarán los requisitos finales de certificación, seguridad e interoperabilidad.
Nota informativa escrita por el área de Protección de Datos de ECIJA