Entra en vigor el límite de precios a los alquileres de temporada en Cataluña
El día 2 de enero de 2026, se publicó en el DOGC, la nueva Ley de medidas en materia de vivienda y urbanismo, por lo que los propietarios de viviendas en alquiler deberán fijar las rentas de acuerdo con los límites que marcan para las zonas tensionadas, que, prácticamente, es toda Catalunya, con independencia de la duración del contrato de alquiler. Quedan excluidos los alquileres vacaciones, recreativos o de ocio. Además, se introducen una serie de medidas adicionales como los derechos de adquisición preferente en favor de la administración por la transmisión de viviendas en zonas tensionadas, o el establecimiento de un régimen sancionador complementario al régimen de contención de rentas. En la práctica, ello supone que una renta mensual de un alquiler de temporada, ya sea de uso turístico o no, no puede ser superior al índice de referencia impuesto por la administración, sin tener en cuenta parámetros tan esenciales como si la vivienda contiene muebles o no.
El nuevo reglamento europeo sobre alquileres de corta duración está previsto que entre en vigor a partir de mayo de 2026 y su pretensión es establecer criterios comunes en toda la UE que permitan actuar en territorios con alta presión residencial. Se apuesta por aumentar la financiación, reducir la burocracia y acelerar la construcción de vivienda, aunque sin incluir límites a los precios del alquiler ni la creación de un fondo común europeo, como reclamaban países como España. Para poder superar la crisis habitacional existente es clave reducir costes y plazos en la construcción de viviendas, utilizando normativa técnica normalizada y de concesión de licencias. Sin ello, esta crisis va a ser difícil de superar.