El Salvador: Novedades pandemia COVID-19

24 de marzo de 2020

El pasado 20 de marzo de 2020 el Gobierno de El Salvador a través de un comunicado oficial notificó a la población en general acerca de las solicitudes formales hechas a la Asamblea Legislativa de la República, en referencia a la aprobación de decretos y proyectos para iniciar el Plan de Respuesta y Alivio Económico ante la Emergencia del COVID-19.

Los anteriores proyectos y decretos buscan dar al Gobierno de El Salvador los insumos y herramientas necesarias para hacer frente a la Emergencia Nacional por la Pandemia COVID- 19 y de esa forma proteger a la población salvadoreña de las posibles consecuencias económicas que enfrentan tanto las personas naturales y jurídicas (empresas y comercios informales) ante las medidas adoptadas para la prevención del COVID-19.

Las propuestas buscan específicamente que en el plazo no mayor de 90 días después de cumplido los efectos del Estado de Emergencia Nacional (es de aclarar que existe la posibilidad de que este puede ser prorrogado de conformidad al avance de la pandemia COVID-19); el Ministerio de Hacienda lance un “Plan de Regularización” a fin de que determine y actualice las condiciones económicas y sociales una vez el país se recupere de los impactos ocurridos a consecuencia de la pandemia.

Las medidas a aplicar, que incluyen el denominado “Proyecto de Reducción de Aranceles por la pandemia COVID-19”, son los siguientes:

  1. Se pretende ampliar el plazo de pago del Impuesto Sobre la Renta, del ejercicio fiscal 2019, hasta por 30 días sin intereses, ni multas y recargos, para personas naturales y/o jurídicas del sector turístico, cuyo impuesto a pagar sea de US$25,000.
  2. Se amplía el plazo del pago del Impuesto Sobre la Renta, correspondiente al ejercicio fiscal 2019, hasta por 30 días, para personas naturales y/o Jurídicas con pagos hasta US$5,000. Además, se otorgarán hasta 8 cuotas, sin intereses, ni recargos.
  3. Suspensión de la contribución especial del turismo (5%) por tres meses.
  4. Se ampliará el plazo para realizar el pago a cuenta de Impuesto Sobre la Renta de los meses de marzo, abril y mayo y se otorgaran hasta 6 cuotas sin intereses, ni recargos.
  5. Se realizará exención de impuestos para las donaciones dirigidas al sector público encaminadas a atender la Emergencia.
Por otro lado, la aprobación de estos decretos busca solicitar a la Asamblea Legislativa la autorización para gestionar hasta un monto de US$2,000 Millones de Dólares de los Estados Unidos de América, a fin de atender las necesidades que existen y las que se presentaren para cubrir la Emergencia Nacional provocada por la Pandemia COVID-19.

Entre las necesidades se encuentran abastecimientos de medicamentos, equipamiento hospitalario, suministros médicos de todo tipo, insumos hospitalarios de toda naturaleza, además de apoyo para la recuperación y reconstrucción económica del país.

Además, fue presentada a la Asamblea Legislativa el proyecto de “Ley de Facilitación de compras en Línea” la cual busca promover la importación de bienes y mercancías, sin carácter comercial, a fin de que se facilite la importación de estos durante y después de la Emergencia.

En ese sentido, el Gobierno de El Salvador presentó las primeras 5 medidas económicas que darán alivio a las personar que se vean más afectadas por la pandemia y que forman parte del anterior “Plan de Respuesta y Alivio Económica ante la Emergencia del COVID-19”, estas primeras medidas económicas tienen un componente social e incluyen:

  1. La suspensión del pago de la cuota de energía eléctrica por 3 meses. Estos tres pagos se diluirán en dos años sin generar mora, ni intereses, ni afectar su calificación crediticia.
  2. La suspensión de pago de la cuota de agua por 3 meses. El pago de estas cuotas se diluirá en dos años, sin generar mora, ni intereses, ni afectar su calificación crediticia.
  3. La suspensión de el pago de 3 meses de la cuota de teléfono, cable e internet. Estos tres pagos se diluirán en dos años, sin generar mora, ni intereses, ni afectar su calificación crediticia.
  4. La suspensión de los procesos de desconexión de servicios de agua potable por falta de pago, mientras dure la emergencia.
  5. La suspensión de pagos de alquileres comerciales durante 3 meses. Estos pagos se diluirán en 12 meses, sin generar mora, ni intereses, ni afectar su calificación crediticia.
Es importante señalar que las anteriores medidas deberán de ser de uso exclusivo por todas aquellas personas naturales o jurídicas que acrediten haber sido afectadas directamente por la Medidas implementadas por el Gobierno para la Prevención del Contagio del COVID-19, por lo que se hizo un llamado a toda la población que tiene la capacidad económica a seguir cumpliendo con sus obligaciones y atenuar los impactos económicos que sufre ya El Salvador.

El instituto Salvadoreño del Seguro Social esta obligado a cubrir la incapacidad por enfermedad común al trabajador o trabajadora que se encuentre efectivamente en cuarentena por padecer o estar presuntamente infectada, durante el tiempo requerido para ella, así mismo, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social velará por la estabilidad laboral del sector público y privado de aquellas personas que por causas de las medidas implementadas y del COVID-19 se vean afectadas para acudir a sus centros de trabajo.

Entre otras medidas a tomar para evitar un mayor impacto en la economía de las familias salvadoreñas son:

  • La superintendencia del Sistema Financiero y el Banco Central de Reserva deberán aumentar la disponibilidad de fondos para que el Sistema Financiero pueda dar créditos productivos, durante el período de emergencia.
  • Que todo salvadoreño pueda tener acceso a soluciones que faciliten el pago de sus deudas, el otorgamiento de créditos, la consolidación, la reestructuración y el refinanciamiento de deudas en condiciones favorables en las instituciones bancarias de gobierno o las instituciones bancarias privadas del país.
  • Se suspenden los cobros de créditos hipotecarios, personales, tarjetas de crédito, capital de trabajo, y emprendimiento, durante el período de 3 meses, sin aplicar moras, multas e intereses, ni afectar su calificación crediticia, se reanudará el cobro al vencimiento del plazo.
  • Las personas naturales y jurídicas con dificultades de pago de las primas de seguro derivado de la pandemia no perderán cobertura de seguro durante el periodo que dure la urgencia.
  • La Defensoría del Consumidor y el Ministerio de Agricultura establecerán los precios máximos de la Canasta Básica para garantizar la alimentación de las familias salvadoreñas, realizando sondeos de precios y verificación de inventarios para tomar medidas oportunas.
  • Se garantizará abastecimiento de granos básicos para afrontar las necesidades alimentarias durante el periodo que dure la emergencia a través de las disposiciones decretadas por el Ministerio de Agricultura, Economía y Hacienda.
  • Se incrementará en 30% la entrega de paquetes de granos básicos, para garantizar el cultivo de 135,000 manzanas de maíz y frijol.
 

Ismael Miranda, Asociado de ECIJA El Salvador

El Salvador: Novedades pandemia COVID-19

ACTUALIDAD #ECIJA