El blog Axesor recoge la opinión de Silvia Altieri, socia de ECIJA Advisory.
Antes que llegue ese posible cambio, es importante diferenciar entre si es una pyme o un autónomo quien ha recibido el préstamo ICO. “Es importante debido al principio de responsabilidad patrimonial universal que establece que, si se asume una obligación dineraria, se está obligado a su devolución respondiendo con todos sus bienes presentes y futuros”, comenta Silvia Altieri, socia de ECIJA Advisory. Partiendo de este principio:
- En el caso de que el impago de un préstamo ICO, (aunque éste esté avalado por el estado en segunda instancia) lo haga un autónomo, será el propio autónomo el que responda inicialmente con el cumplimiento de la devolución con todos sus bienes presentes o futuros, si éstos no son suficientes, entonces será el Estado quien intervenga como avalista.
- Si el préstamo ha sido solicitado por una empresa, el cumplimiento de la devolución irá contra el dinero, bienes o patrimonio a nombre de dicha empresa, estará limitado al patrimonio de la sociedad.