DAC6: la regulación sobre cooperación fiscal pone a los asesores contra las cuerdas

19 de abril de 2021

Cinco Días recoge la opinión de Constantino Vidal, socio de Fiscal de ECIJA.

España ha completado la transposición de la directiva europea que regula el intercambio de información relativo a los mecanismos transfronterizos, la llamada DAC6. Tras la modificación de la Ley General Tributaria en diciembre, el pasado 7 de abril se publicó el real decreto con el desarrollo reglamentario de la norma, y hace unos días la orden de Hacienda con los modelos de declaración. Esta nueva regulación obliga a los intermediarios fiscales a suministrar información a la Administración tributaria sobre determinadas operaciones trasnacionales de trascendencia fiscal en las que intervengan.

Uno de los puntos que genera más desconcierto es la falta de una definición taxativa en la ley del concepto de mecanismo transfronterizo. En consecuencia, como apunta Constantino Vidal, socio del área fiscal de ECIJA, si surgen dudas, los intermediarios optarán por presentar la declaración del mecanismo y, así, evitar la eventual sanción.

Este contexto de inseguridad contrasta con la severidad de su régimen sancionador. En caso de incumplimiento, el asesor se expone a multas de 2.000 euros por cada dato omitido o inexacto, por un mínimo de 4.000 euros. Para Guerrero, puede ser conflictivo haber configurado un régimen específico más gravoso que el previsto con carácter general, “lo que puede tener un difícil encaje en cuanto a la proporcionalidad”. Por su parte, Vidal advierte que, de ser así, la normativa podría terminar siendo cuestionada por la Comisión ante la justicia europea, tal y como ha pasado con el Modelo 720.

Lee la nota informativa de ECIJA sobre DAC6. 

DAC6: la regulación sobre cooperación fiscal pone a los asesores contra las cuerdas

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