Costa Rica: Definición de los pagos parciales del impuesto a las utilidades

14 de abril de 2021

El medio de comunicación "El Financiero" recoge la opinión de Mariela Hernández, socia de las áreas Fiscal, Energía y Recursos Naturales, Dispute Resolution: Litigación y Arbitraje, y Público y Regulatorio de ECIJA Costa Rica.

Los pagos parciales son una de las obligaciones de los sujetos al impuestos a las utilidades. Para aquellos contribuyentes que están sujetos al impuesto a las utilidades, una de las obligaciones que existen son los pagos parciales, que funcionan como anticipos del tributo anual.

Continúa leyendo en el siguiente enlace.

Costa Rica: Definición de los pagos parciales del impuesto a las utilidades

Socios relacionados

ACTUALIDAD #ECIJA