Costa Rica: COVID-19; Poder Judicial suspende audiencias pero sigue laborando

17 de marzo de 2020

La decisión tomada pretende crear un balance para garantizar tanto la continuación del servicio público como la protección de la salud de los usuarios y a los funcionarios judiciales.

Luego de la declaratoria de estado de emergencia nacional en todo el territorio costarricense, por la situación sanitaria provocada por el COVID-19, Corte Plena emitió la Circular No. 47-2020, mediante la cual dispuso suspender las audiencias orales a partir del 17 de marzo de 2020. Dicha decisión se tomó luego de escuchar el criterio de la Comisión de Emergencias del Poder Judicial, la cual consideró que “lo razonable, proporcional y conveniente”, para no afectar el servicio público, era la suspensión de audiencias.

Según la Circular, la medida se mantendrá hasta el 3 de abril de 2020, por lo cual se espera que las audiencias orales se retomen a partir del 13 de abril de 2020, fecha en la cual los funcionarios judiciales regresan del periodo de Semana Santa. Sin embargo, la Circular menciona que la suspensión se mantendrá “hasta tanto no existan las condiciones a nivel nacional que minimicen o eliminen la posibilidad de contagio y brinden seguridad a la población usuaria y a las personas trabajadoras de este Poder”. Por ende, se espera que las medidas se prolonguen por un plazo mayor, o incluso puedan variar a puntos más drásticos.

Excepciones. Se mantendrán en trámite las audiencias en materia de violencia doméstica, pensiones alimentarias, medidas cautelares, debates con persona privada de libertad, y cuando estas ya hayan iniciado de previo a la fecha indicada. Asimismo, queda a criterio del juez mantener el señalamiento en casos donde la no realización pone en riesgo la vida, la salud, o la libertad de las personas, o donde pudiese operar una prescripción o caducidad por no realizar la audiencia.

Continuación labores. La suspensión de audiencias orales decretada por la Corte Plena no afecta la normal tramitación de los procesos, pues el servicio público se seguirá dando. Por ende, los plazos que han sido otorgados por las autoridades judiciales seguirán su curso normal, sin variación alguna. Se podrán presentar nuevas demandas o denuncias. Asimismo, los despachos judiciales del país se mantendrán abiertos al público, aunque se insta a utilizar el Sistema de Consulta en Línea del Poder Judicial para realizar las gestiones que cada caso requiera.

 

 

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