Este artículo fue publicado por Economist & Jurist
EN BREVE:
Resulta evidente que el uso de la tecnología de reconocimiento facial es algo cada vez más recurrente y sus funcionalidades son cada vez más innovadoras: desbloqueo de dispositivos móviles, registro de jornada de trabajo, control de asistencia en colegios, seguridad de instalaciones, identificación de patrones de conducta de clientes, etc.El reconocimiento facial no solo está teniendo impacto a nivel de negocio u operativo, sino que, pese a la novedad de este asunto, ya hay organismos estatales que se han pronunciado al respecto, mientras que otros se encuentran regulando estas actividades.
Introducción
Hace unas semanas saltaban las alarmas: la Unión Europea publicaba el borrador del Libro Blanco sobre Inteligencia Artificial en el que planteaba prohibir temporalmente la tecnología de reconocimiento facial en espacios públicos hasta que las autoridades comunitarias diseñen una metodología sólida para evaluar las implicaciones jurídicas, el impacto y las posibles medidas de gestión de riesgos de esta tecnología.El incesante avance de la tecnología plantea nuevos retos y escenarios en relación con el uso de tecnologías capaces de reconocer los datos biométricos de personas físicas. Cuestiones que, meses atrás parecían estar reservadas a películas o series de ciencia ficción, hoy en día, están presentes en nuestras vidas y; con ello, se reabre de nuevo, el eterno debate entre la tecnología y la privacidad.