Sala de Prensa

21 septiembre, 2014

‘Recovecos legislativos de Internet’, entrevista a Alejandro Touriño, socio de Information Technology de ECIJA.

El libro de Alejandro Touriño El derecho al olvido y la intimidad en internet (Ed. Catarata), prologado por el periodista Mario Tascón, se ha convertido en un referente para profesionales y usuarios de internet. Desde la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que contempla la posibilidad de que los buscadores eliminen enlaces de terceros, en determinados supuestos, las noticias relacionadas con la privacidad y servicios que nos ofrecen los gigantes de internet se han ido sucediendo.

Poco a poco se ha ido tomando conciencia de que cuando aceptamos las condiciones de un determinado servicio firmamos un contrato y consentimos ciertas prácticas, hasta tal punto que el producto podemos llegar a ser nosotros mismos sin ni siquiera advertirlo.

La información es poder. Nuestros hábitos de consumo y preferencias, en un mundo globalizado, son difíciles de predecir. Se hace cada vez más complejo llegar a un target determinado sin cifras macroeconómicas o estadísticas. Por eso el pequeño gran mundo de las redes sociales es tentador –sobre todo si es el propio usuario el que agrega los contenidos–. A través de esta entrevista, el autor nos aclara algunos de los asuntos de mayor actualidad e interés, relacionados con las nuevas tecnologías. Casos prácticos sobre los que se puede profundizar en su propio libro.

Como autor de ‘El derecho al olvido y a la intimidad en internet’, ¿crees que ha sido largo el camino para lograr la sentencia favorable del Tribunal de Justicia de la UE, que contempla el hecho de que los buscadores puedan borrar enlaces con información de terceros?¿En qué medida interfiere con el derecho a la información?

El camino ha sido largo y no descartemos que el resultado que ahora manejamos no sea el definitivo. Me explico. Es cierto que el Tribunal de Justicia de la UE ha dictado una sentencia que obliga a los buscadores a eliminar enlaces que vulneren la privacidad de los usuarios. Sin embargo, la sentencia es amplia en sus términos y queda por delimitar en qué casos procede y en cuáles no esa eliminación de enlaces. El conflicto que sea plantea es atinar en cada caso si debe prevalecer el derecho del sujeto a desaparecer de Internet o el derecho de los medios y del resto de ciudadanos a acceder a una determinada información que existe en la red.

¿Crees que los contratos que firmamos como usuarios de redes sociales son poco transparentes o abusivos a cambio del servicio que realmente prestan?

Llama la atención que una red como Google + pueda usar imágenes de los perfiles si no se desactivan pestañas en la configuración. Las redes sociales no son gratis, pagamos con nuestros datos. A cambio de poder acceder a determinados servicios, y previa aceptación de términos y condiciones poco claros en muchos casos, proporcionamos información amplísima sobre nuestras vidas, gustos o relaciones personales. En ese contexto parece natural que los operadores de Internet establezcan, por defecto, regímenes abiertos para compartir nuestros datos, de manera que si queremos que nuestros perfiles permanezcan privados hemos de configurar nosotros el régimen de privacidad para que así sea. Si no, sabemos a lo que nos exponemos.

Antes, las cookies de terceros las aceptábamos sin ser conscientes y ahora su aplicación en muchos sitios es incorrecta. ¿Podemos detectar de algún modo que se cumplen las normas?

El de las cookies es posiblemente uno de los mayores desatinos normativos de los últimos años. Desde la reforma del pasado año, prácticamente todos los sitios web nos aturden con información de las cookies que utilizan cuando en realidad el usuario medio lo único que hace es aceptarlas, sin más. Como medida práctica, y para que no nos persigan por la red anuncios de bienes o servicios que hemos visitado antes, no está de más borrar las cookies instaladas en la configuración de nuestro navegador de vez en cuando.

¿Qué te llevó, como profesional de la abogacía, a interesarte por las nuevas tecnologías?

Como casi todo en la vida, el azar. Tras pasar un tiempo en Reino Unido, cuando finalicé la carrera opté por especializarme en Derecho Internacional. Empecé a trabajar en un despacho que pertenecía a una red internacional de nuevas tecnologías y de ahí a ECIJA, referencia a nivel nacional en el sector. Hago lo que más me gusta y me siento afortunado.

¿Estamos realmente protegidos ante las conductas delictivas en internet?¿Qué recomiendas frente a delitos como la suplantación de identidad?

El principal problema que observo en el entorno de internet es el desconocimiento del ciudadano medio en lo que a riesgos y consecuencias se refiere. Creo que, por lo general, no somos demasiado conscientes de que las conductas que llevamos a cabo en domingoel entorno online tienen las mismas o más graves consecuencias (por su especial difusión) que las llevadas a cabo en el mundo físico. La principal recomendación es aplicar el sentido común, no compartir información o contenidos que no nos gustaría que llegasen a manos de cualquiera y no llevar a cabo actuaciones que no haríamos fuera de ese entorno.

El auge de las start-ups en internet es cada vez mayor y hay ciertos vacíos legales que pueden afectar al consumidor como el hecho de que las empresas sean transnacionales y no tengan sede en el país de origen, ¿Cómo reclamar o hacer valer nuestros derechos?

Más que de vacío legal, creo que deberíamos hablar de superación del Derecho tradicional. La tecnología ha globalizado e interconectado el mundo como nunca antes había ocurrido. Esto hace que tengamos acceso a muchas más oportunidades de todo tipo, pero también que los riesgos sean mayores. La reciente sentencia del Tribunal de Justicia tiene una segunda lectura en este sentido y es que no sólo habla de derecho al olvido sino que dictamina también que todos los operadores que tengan sede en Europa, con independencia de su origen, han de cumplir con la legislación europea. Ése sí es un buen refuerzo para los derechos de los ciudadanos. En lo que se refiere a las vías para hacer valer nuestros derechoséstas son tan amplias como los derechos mismos y pueden ir desde la reclamación ante la propia plataforma de Internet, el acudir a los tribunales de justicia o a la Agencia Española de Protección de Datos, por mencionar los caminos más comunes.

Muchas familias se enfrentan a algo cada vez más común, ¿Cómo gestionar los perfiles y cuentas de personas fallecidas?¿No es un trámite muy burocratizado?

Prácticamente todas las redes sociales y plataformas de internet cuentan con sistemas de reporte, donde los familiares de los fallecidos han de dirigirse al objeto de poder cerrar cuentas o perfiles abiertos por aquéllos. La burocracia que rodea este tipo de actos viene derivada de la obligación (y necesidad al mismo tiempo) del propio operador de internet de verificar que la persona ha fallecido efectivamente y que quien solicita la cancelación de sus datos está legitimado para ello.

¿Crees que somos conscientes de la sobreexposición a la que nos exponemos en Internet?

Definitivamente no. Mi experiencia me dice que cada vez ponemos en circulación más información y datos de naturaleza privada sin ser conscientes de que, por su propia naturaleza, esa información y esos datos pueden llegar a ser accesibles por cualquiera. En ocasiones son terceros quienes sin nuestro consentimiento publican algo que afecta a nuestros derechos, pero muchas veces somos nosotros mismos quienes compartimos información privada con la falsa expectativa de que esa información no trascienda fuera de nuestro círculo privado.

¿Puede la justicia intervenir en redes sociales o foros, ante apología de conductas extremistas o anárquicas?

Sí puede, con las limitaciones propias de sus medios y del carácter territorial de las jurisdicciones. Con carácter general, lo que no está permitido en el entorno tradicional no lo está tampoco en el digital. Igual que no son ajustados a Derecho los insultos, las amenazas o conductas similares en la calle, no lo son tampoco en el entorno digital.

¿Tiene la sociedad virtual las mismas leyes que la virtual o es necesaria una reforma?

La sociedad digital tiene sus propias normas, que se complementan con el resto del ordenamiento jurídico, que le resulta de aplicación. No soy partidario de demasiadas reformas. Es cierto que las leyes han de adaptarse a la sociedad a la que pretenden regir, pero no han de caer en el error de tratar de regular cada nuevo aspecto que la tecnología plantea o, de lo contrario, corren el riego de convertirse en obsoletas en tiempo récord.

Enlace a la entrevista: ‘Recovecos legislativos de Internet’